INTRODUCCIÓN

¿QUIÉNES DEBEN PRESENTARLO?

  • Sujetos pasivos de IAE que sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y no presenten declaración de estos últimos impuestos en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
  • En el caso de sociedades civiles y entidades del art. 35.3 de la NFGT no deberán comunicar cuando hayan consignado el importe neto de la cifra de negocios en alguna declaración tributaria presentada en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
  • Entidades dominantes que formen parte de un Grupo de Sociedades, según el art. 42 del Código de Comercio.

PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES

La presentación deberá realizarse en el período comprendido entre el 1 de enero y el 14 de febrero, ambos incluidos, del ejercicio en que deba surtir efectos dicha comunicación en el Impuesto sobre Actividades Económicas..

CONTRIBUYENTE DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Consigne el importe neto de la cifra de negocios referido al período cuya declaración debió presentarse en el año anterior. Por ejemplo, para la comunicación a presentar en 2018, consígnese el importe neto de la cifra de negocios correspondiente a la declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas presentada en 2017, el cual, será el referido al ejercicio fiscal del 2016.

Consígnese el importe íntegro sin decimales. En el caso de que el período impositivo haya tenido una duración inferior al año, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.

CONTRIBUYENTE DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Consigne el importe neto de la cifra de negocios referido al período cuya declaración debió presentarse en el año anterior. Por ejemplo, para la comunicación a presentar en 2018, consígnese el importe neto de la cifra de negocios correspondiente a la declaración por el Impuesto sobre Sociedades o el Impuesto sobre la Renta de no Residentes presentada en 2017, el cual, normalmente, será el referido al ejercicio fiscal iniciado en 2016.

 Consígnese el importe íntegro sin decimales. En el caso de que el período impositivo haya tenido una duración inferior al año, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.

 Asimismo, deberá indicar si se halla participada directa o indirectamente en un 25 por 100 o más, por empresas que no reúnan el requisito de exención del importe neto de la cifra de negocios.

CONTRIBUYENTE DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES

Consigne el importe neto de la cifra de negocios referido al período cuya declaración debió presentarse en el año anterior. Por ejemplo, para la comunicación a presentar en 2018, consígnese el importe neto de la cifra de negocios correspondiente a la declaración por el Impuesto sobre Sociedades o el Impuesto sobre la Renta de no Residentes presentada en 2017, el cual, normalmente, será el referido al ejercicio fiscal iniciado en 2016.

Consígnese el importe íntegro sin decimales. En el caso de que el período impositivo haya tenido una duración inferior al año, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.

SOCIEDAD CIVIL O ENTIDAD A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 35.3 DE LA NORMA FORAL GENERAL TRIBUTARIA.

Importe neto de la cifra de negocios Correspondiente al antepenúltimo ejercicio. Por ejemplo, en 2018 consigne el importe neto de la cifra de negocios de 2016.

Consígnese el importe íntegro sin decimales. En el caso de que el período impositivo haya tenido una duración inferior al año, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.

GRUPO DE SOCIEDADES, ARTÍCULO 42 CÓDIGO COMERCIO.

Importe neto de la cifra de negocios del conjunto de las Entidades del Grupo Correspondiente al antepenúltimo ejercicio. Consigne el importe neto de la cifra de negocios referido al período cuya declaración debió presentar en el año anterior. Por ejemplo, para la comunicación a presentar en 2018, consígnese el importe neto de la cifra de negocios correspondiente a la declaración por el Impuesto sobre Sociedades, o el Impuesto sobre la Renta de No Residentes presentada en 2017, el cual, normalmente, será el referido al ejercicio fiscal iniciado en 2016.

Consígnese el importe íntegro sin decimales. En el caso de que el período impositivo haya tenido una duración inferior al año, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.

NO RESIDENTES CON MÁS DE UN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE

Importe neto de la cifra de negocios en territorio español del conjunto de establecimientos permanentes. Consigne el importe neto de la cifra de negocios referido al período cuya declaración debió presentarse en el año anterior. Por ejemplo, para la comunicación a presentar en 2018, consígnese el importe neto de la cifra de negocios correspondiente a la declaración por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes presentada en 2017, el cual, normalmente, será el referido al ejercicio fiscal iniciado en 2016.

Consígnese el importe íntegro sin decimales. En el caso de que el período impositivo haya tenido una duración inferior al año, el importe neto de la cifra de negocios se elevará al año.

NORMATIVA

* Orden Foral 1020/2012, de 15 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 842 del Impuesto sobre Actividades Económicas de comunicación del importe neto de la cifra de negocios

 

Etiquetas:
Creado por ZERGABIDEA administratzailea el 2017/12/31 05:40
Traducido a es_ES por ZERGABIDEA administratzailea el 2017/12/31 05:40
Zerga Bidea
2017 Gipuzkoako Foru Aldundia