INTRODUCCIÓN

1.1 HECHO IMPONIBLE

El Impuesto sobre Actividades Económicas es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible está constituido por el mero ejercicio, en el Territorio Histórico de Gipuzkoa de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local determinado y se hallen o no especificadas en las tarifas del Impuesto.

Se consideran, a los efectos de este Impuesto, actividades empresariales las ganaderas, cuando tengan carácter independiente, las mineras, industriales, comerciales, y de servicios. No tienen, por consiguiente, tal consideración las actividades agrícolas, las ganaderas dependientes, las forestales y las pesqueras, no constituyendo hecho imponible por el impuesto ninguna de ellas.

Tampoco será considerado, a los mismos efectos, como actividad empresarial el servicio de alojamientos turísticos agrícolas que se declare como actividad complementaria a una actividad agrícola, ganadera o forestal.

Tendrán la consideración de ganadería independiente el conjunto de las explotaciones ganaderas que se alimenten fundamentalmente con alimentos y piensos no procedentes de la explotación.

Se considera que una actividad se ejerce con carácter empresarial, profesional o artístico, cuando suponga la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

El contenido de las actividades gravadas se definirá en las tarifas del impuesto.

1.2 PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES

Los sujetos pasivos del impuesto sobre actividades económicas deberán presentar declaración de alta o baja en los supuestos de inicio o cese de la actividad. Asimismo, estarán obligados a presentar declaración comunicando las variaciones de orden físico, económico o jurídico con trascendencia tributaria que se produzcan en el ejercicio de las actividades gravadas.

1.2.1 Declaraciones de alta

En los supuestos de inicio de la actividad, los sujetos pasivos del Impuesto están obligados a presentar una declaración de alta por cada cuota mínima municipal, provincial o especial estatal que estén obligados a satisfacer, con independencia de que se les reconozca o no el derecho a exención.

Las declaraciones de alta se presentarán dentro de los diez días inmediatamente anteriores al del inicio del ejercicio de la actividad.

1.2.2 Declaraciones de baja

Los sujetos pasivos del Impuesto que cesen en el ejercicio de la actividad por la que figuren inscritos están obligados a presentar la correspondiente declaración de baja.

Las declaraciones de baja se presentarán en el plazo de un mes desde la fecha en que se produjo el cese de la actividad.

1.2.3 Declaraciones de modificación

Los sujetos pasivos están obligados a presentar declaración de modificación comunicando las variaciones de orden físico, económico o jurídico con trascendencia tributaria que se produzcan en el ejercicio de las actividades gravadas.

Las declaraciones de modificación se presentarán en el plazo de un mes desde la fecha en que se produjo la variación.

PROGRAMA DE AYUDA DEL MODELO 840

2.1 LISTA DE ACTIVIDADES

Situación actual del contribuyente en la matrícula del impuesto sobre actividades económicas.

Por defecto la lista de actividades se mostrará con el filtro Alta en “Situación de la actividad”.

El filtro Alta en “Situación de la actividad” supone:

  • Se muestran todas las actividades de alta.
  • Se muestran las actividades de “Cuota variable” del ejercicio de la consulta y del ejercicio anterior.
  • No se muestran las actividades de Baja.
  • El usuario podrá consultar las actividades de Baja a través del filtro “Situación de la actividad”.
  • El usuario podrá consultar todas las actividades de “Cuota variable” a través del filtro “Situación de la actividad”.
  • Son actividades de cuota variable:

    • Grupo 833 (epígrafes 833.1 y 833.2): declaración de m2 vendidos del ejercicio.
    • Espectáculos (epígrafes 965.1, 965.2 y 965.5): declaración de nº de espectáculos del ejercicio.

2.2 RESUMEN DE LA DECLARACIÓN

En esta pantalla se presenta un resumen de la declaración elaborada de acuerdo con los datos introducidos en los diferentes apartados.

A los distintos apartados de la declaración se puede acceder a través del botón Menú de la declaración, o bien mediante los botones Anterior y Siguiente, que permiten seguir la secuencia completa para cumplimentar la declaración.

Una vez se hayan rellenado los apartados y todos sus datos obligatorios, se podrá realizar la presentación de la declaración mediante el botón Presentar.

El botón Vista previa muestra un PDF con el borrador de la declaración, no válido para su presentación.

2.3 DATOS DE LA ACTIVIDAD

2.3.1 Descripción de la actividad

Descripción de  la actividad ejercida seleccionando el epígrafe correspondiente. La calificación definitiva de la actividad se producirá tras el procesado de la declaración.

2.3.2 Domicilio de la actividad

En este apartado se rellenará el domicilio en el que se desarrolla la actividad. Este apartado sólo se cumplimentará en las actividades ejercidas cuyo ámbito sea el municipal.

En las actividades que se desarrollan en local determinado deberá cumplimentar el domilicio completo. En cambio, si se ejerce en el término municipal únicamente deberá indicar el mismo.

ELEMENTOS TRIBUTARIOS

3.1 SUPERFICIE DE LOS LOCALES

Indicar los metros cuadrados de superficie de los locales afectos directamente a la actividad.

3.2 POTENCIA INSTALADA Y NÚMERO DE OBREROS

Potencia instalada: Indicar los Kws de potencia instalada, suma de las potencias nominales, de los elementos energéticos afectos al equipo industrial de naturaleza eléctrica o mecánica.

Banco de pruebas: Si tiene bancos de prueba, plataformas de ensayo y similares, deberá declarar la potencia afecta a los mismos.

Número de obreros: Indicar la plantilla total afecta directamente a la producción objeto de la empresa.

3.3 DATOS DEL VEHÍCULO

Deberá indicar la matrícula del vehíulo y

  • En caso de transporte de mercancias, indicar las toneladas de carga del vehículo con un máximo de 24 Tns. El cálculo es el siguiente: Masa Máxima Autorizada – Tara.

Asimismo, cuando tenga más de diez vehículos en servicio, indicar el número de vehículos que tiene la empresa de alta.

  • En caso de transporte de viajeros, indicar la capacidad de viajeros del vehículo.

3.4 HOSTELERÍA Y HOSPEDAJE

3.4.1 Máquinas recreativas en el establecimiento

Si tiene máquinas recreativas en su establecimiento indique el número de máquinas tipo “A”, “B” y de apuestas que tengan instaladas.

3.4.2 Hospedaje

Indicar la categoría del establecimiento y el número de habitaciones y en caso de campamentos, el número de plazas.

3.5 ALQUILER DE BIENES INMUEBLES

Indicar la suma de los valores catastrales de los bienes de naturaleza urbana destinados al alquiler de viviendas, o dedicados al alquiler de locales comerciales e industriales o bienes de naturaleza rústica, destinados al alquiler.

3.6 RESTO DE ACTIVIDADES

Indicar los elementos tributarios que intervienen en el cálculo de la cuota correspondiente a cada epígrafe.

3.7 OTROS DATOS

3.7.1 Notas de las tarifas

Si el epígrafe tienen alguna nota que modifique la cuota y se quiere acoger a ella deberá responder a la pregunta afirmativamente.

3.7.2 Sujetos pasivos con domicilio fiscal fuera de Gipuzkoa

Este apartado lo rellenarán quellos sujetos pasivos del Impuesto que no hayan consignado el importe neto de la cifra de negocios en ninguna declaración tributaria presentada en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, que normalmente coincidirá con aquellos sujetos pasivos con domicilio fiscal fueral del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Año de inicio de actividad:

Indicar el año en que inició por primera vez la actividad, tanto en Gipuzkoa como en otros territorios.

Importe neto de la cifra de negocios.

Indicar el importe netro de la cifra de negocios que es el importe total de las contraprestaciones, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido y el recargo de equivalencia, en su caso, obtenido en un ejercicio por el sujeto pasivo en las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en su actividad.

Si el ejercicio indicado fuese inferior a un año, el importe neto de la cifra de necios será el resultado de elevar al año las operaciones realizadas durante el ejercicio.

Forma parte de un grupo:

Cuando la entidad forme parte de un Grupo de sociedades conforme al artículo 42 del Código de Comercio, marcar con una X.

Sociedad participada:

Marcar con una X en caso de que se halle participada directa o indirectamente en un 25 por 100 o más por empresas que no estén exentas del Impuesto.

 

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Creado por ZERGABIDEA administratzailea el 2017/06/27 14:13
Traducido a es_ES por ZERGABIDEA administratzailea el 2017/06/27 14:13
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