Cambios para el documento Modelo 200 - Ejercicio 2023
Última modificación por ZERGA BIDEA el 2024/05/15 10:53
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... ... @@ -792,14 +792,21 @@ 792 792 793 793 **~ ** 794 794 795 -**Deducción para fomentarladigitalización/implantación de TicketBAI**:795 +**Deducción para la implantación de TicketBAI/Transformación digital del comercio minorista**: 796 796 797 -* **Deducción para el fomento de la implantación y adquisición de un sistema informático que garantice la integridad, conservación, trazabilidad, inviolabilidad y remisión de los ficheros que documenten las entregas y prestaciones de servicios**: la deducción es del 30% por los gastos e inversiones efectuadas en el ejercicio que cumplan los requisitos de la DA 22ª de la NF 2/2014. 798 -Se consignará en la casilla 2725, el importe de las inversiones y gastos, y en la casilla 2726 el importe de las subvenciones recibidas, si las hubiere. El programa calculará de forma automática la deducción generada en el ejercicio, que en ningún caso podrá ser superior a la cantidad de 5.000,00 euros. El contribuyente será quien deba indicar la cantidad a aplicar en el ejercicio actual y el programa calculará el importe pendiente de deducir en ejercicios futuros, en el caso de que no se pueda aplicar en este ejercicio toda la deducción. 797 +**~ Deducción para la implantación de TicketBAI: **los contribuyentes que estén obligados a la utilización de un sistema informático que cumplan los requisitos a los hace referencia el artículo 122bis de la NF 2/2014 tendrán derecho a una deducción en la cuota íntegra por los gastos e inversiones efectuadas en el ejercicio de acuerdo con lo dispuesto en la DA 22ª de la citada Norma Foral y en el DFN 2/2021. 799 799 800 -* ** Deducción para la transformación digital del comercio minorista: **Las microempresas ó pequeñas empresas del artículo 13, siempre que estén encuadrados en la agrupaciones 64 y 65 y en el grupo 622 se la Sección I del texto refundido del impuesto sobre actividades económicas, podrán practicar una deducción del 30% por los gastos e** **inversiones efectuadas** **en el ejercicio, destinados a la transformación digital y la implantación del comercio electrónico. 801 -Se consignará en la casilla 2734, el importe de las inversiones y gastos, y en la casilla 2735 el importe de las subvenciones recibidas, si las hubiere. El programa calculará de forma automática la deducción generada en el ejercicio, que en ningún caso podrá ser superior a la cantidad de 5.000,00 euros. El contribuyente será quien deba indicar la cantidad a aplicar en el ejercicio actual y el programa calculará el importe pendiente de deducir en ejercicios futuros, en el caso de que no se pueda aplicar en este ejercicio toda la deducción. 799 + **Deducción para la transformación digital del comercio minorista: **Las microempresas ó pequeñas empresas del artículo 13, siempre que estén encuadrados en las agrupaciones 64 y 65 y en el grupo 622 se la Sección I del texto refundido del impuesto sobre actividades económicas, podrán practicar las deducciones previstas en los artículos 15 del DFN 5/2020 y 11/2020 Foral y de acuerdo con lo establecido en el DFN 2/2021. 802 802 801 + Se consignará en la casilla 2725, el importe de las inversiones y gastos, y en la casilla 2726 el importe de las subvenciones recibidas, si las hubiere. En el caso de que se haya aplicado la deducción en ejercicios anteriores, se deberá indicar el importe de la base de deducción aplicada en la casilla 2744 “//base de deducción aplicada en ejercicios anteriores//”. 802 + 803 + El programa calculará de forma automática la base de deducción (casilla 2727), que en ningún caso puede superar la cantidad de 5.000,00 euros. 804 + 805 + Se seleccionará el porcentaje de deducción que corresponda (30% ó 60%), así como el importe a aplicar en el ejercicio actual y el programa calculará el importe pendiente de deducir en ejercicios futuros, en el caso de que no se pueda aplicar en este ejercicio toda la deducción. 806 + 807 + Por último, en el caso de que el contribuyente haya aplicado la deducción anticipada a través del modelo KTB, deberá pinchar en la casilla 6537, indicando el importe de la base de deducción anticipada a través del modelo KTB. 808 + 809 + 803 803 **Deducción por reversión de medidas temporales: **De acuerdo con la Disposición Transitoria vigesimocuarta de la NF 2/2014, aquellas entidades que tributen a los tipos de gravamen previstos en las letras a) y b) del apartado 1 y el apartado 6 de la NF 2014 y que se hubiesen acogido a la actualización de balances tendrán derecho a esta deducción. Es necesario que previamente hayan marcado el carácter 59 “Ejercitó opción actualización de balances DFN 1/2013” en el apartado regímenes especiales y caracteres de la declaración. 804 804 805 805