Desde la versión 8.1
editado por ZERGA BIDEA
el 2025/12/10 12:49
Hasta la versión 9.1
editado por ZERGA BIDEA
el 2025/12/10 12:50
Comentario del cambio: No hay comentario para esta versión

Summary

Details

Page properties
Content
... ... @@ -1,6 +1,6 @@
1 1  **Artículo 89 de la Norma Foral 3/2014:**
2 2  
3 -**1**. Las y los contribuyentes podrán aplicar una deducción del 15 por 100 si son hombres, o del 20 por 100 si son mujeres, de las cantidades satisfechas en el período impositivo, destinadas a la adquisición o suscripción de acciones o participaciones de alguna de las siguientes entidades:
3 +**1**.Las y los contribuyentes podrán aplicar una deducción del 15 por 100 si son hombres, o del 20 por 100 si son mujeres, de las cantidades satisfechas en el período impositivo, destinadas a la adquisición o suscripción de acciones o participaciones de alguna de las siguientes entidades:
4 4  
5 5  a) Aquella en la que prestan sus servicios como personas trabajadoras, siempre que hayan trabajado en ella un mínimo de dos de los cinco años anteriores a la adquisición.
6 6  
Zerga Bidea
2017 Gipuzkoako Foru Aldundia