Cambios para el documento 390 Eredua

Última modificación por ZERGA BIDEA el 2018/12/21 09:15

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Page properties
Content
... ... @@ -261,10 +261,10 @@
261 261  = PRORRATA ESPECIAL =
262 262  
263 263  
264 -**78 - 79 __PRORRATA ESPECIAL__**. Marque con una X, en su caso, la opción o revocación de la opción por la aplicación de la prorrata especial de acuerdo con lo establecido en el artículo 103.Dos de la normativa del IVA.
264 +**{{id name="ESPECIAL"/}}78 - 79 __PRORRATA ESPECIAL__**. Marque con una X, en su caso, la opción o revocación de la opción por la aplicación de la prorrata especial de acuerdo con lo establecido en el artículo 103.Dos de la normativa del IVA.
265 265  
266 266  
267 -**__APLICACION DE PRORRATA O ACTIVIDAD DIFERENCIADA__: **Este apartado será cumplimentado, exclusivamente por aquellos sujetos pasivos del Impuesto que apliquen la regla de prorrata por realizar operaciones con derecho a deducción y sin derecho a deducción simultáneamente, o por aquellos que realicen operaciones en sectores diferenciados de la actividad empresarial o profesional definidos como tales en el artículo 9.1ºc) del Decreto Foral 102/1992 del IVA.
267 +**__{{id name="ACTIVIDAD"/}}APLICACION DE PRORRATA O ACTIVIDAD DIFERENCIADA__: **Este apartado será cumplimentado, exclusivamente por aquellos sujetos pasivos del Impuesto que apliquen la regla de prorrata por realizar operaciones con derecho a deducción y sin derecho a deducción simultáneamente, o por aquellos que realicen operaciones en sectores diferenciados de la actividad empresarial o profesional definidos como tales en el artículo 9.1ºc) del Decreto Foral 102/1992 del IVA.
268 268  
269 269  
270 270  **Actividad desarrollada**: Deberá describirse la actividad o sector de actividad desarrollado por el sujeto pasivo.
... ... @@ -286,7 +286,7 @@
286 286  = REGIMENES ESPECIALES =
287 287  
288 288  
289 -**__RÉGIMEN ESPECIAL DE CRITERIO DE CAJA:__**
289 +**__{{id name="CRITERIO"/}}RÉGIMEN ESPECIAL DE CRITERIO DE CAJA:__**
290 290  
291 291  A rellenar exclusivamente por quién aplique el régimen especial de criterio de caja o por quién sea destinatario de operaciones afectadas por el mismo:
292 292  
... ... @@ -300,7 +300,7 @@
300 300  Se hará constar el importe de las adquisiciones de bienes y servicios a las que sea de aplicación el régimen especial de criterio de caja (facturas recibidas con mención a la aplicación del régimen especial).
301 301  
302 302  
303 -**__RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS BIENES USADOS, OBJETOS DE ARTE, ANTIGÜEDADES Y OBJETOS DE COLECCIÓN__.**
303 +**__{{id name="BIENES"/}}RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS BIENES USADOS, OBJETOS DE ARTE, ANTIGÜEDADES Y OBJETOS DE COLECCIÓN__.**
304 304  
305 305  
306 306  (Artículos 135 a 139 del Decreto Foral 102/1992 de 29 de diciembre). Sólo para sujetos pasivos revendedores de bienes usados o de bienes muebles que tengan la consideración de objetos de arte, antigüedades u objetos de colección que hayan aplicado el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.
... ... @@ -326,7 +326,7 @@
326 326  
327 327  
328 328  
329 -**__RÉGIMEN ESPECIAL DE LAS AGENCIAS DE VIAJE__**.
329 +**__{{id name="AGENCIAS"/}}RÉGIMEN ESPECIAL DE LAS AGENCIAS DE VIAJE__**.
330 330  
331 331  ( Artículos 141 a 147 del Decreto Foral 102/1992, de 29 de diciembre).
332 332  
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