Cambios para el documento 390 Eredua

Última modificación por ZERGA BIDEA el 2018/12/21 09:15

Desde la versión 10.1
editado por ZERGA BIDEA
el 2018/08/02 08:47
Hasta la versión 11.1
editado por ZERGA BIDEA
el 2018/08/02 08:48
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... ... @@ -117,7 +117,7 @@
117 117  //Sólo se permitirá presentar el modelo 203, si este líquido a ingresar tiene un valor positivo.//
118 118  
119 119  
120 -**__TRIBUTACIÓN CONJUNTA A LA DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA, RESTANTES DIPUTACIONES FORALES, NAVARRA Y/O ESTADO.__**
120 += TRIBUTACIÓN CONJUNTA A LA DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA, RESTANTES DIPUTACIONES FORALES, NAVARRA Y/O ESTADO =
121 121  
122 122  En el supuesto de entidades que deban tributar conjuntamente a la Diputación Foral de Gipuzkoa, restantes Diputaciones Forales, Navarra y/o Estado, para determinar la base de los pagos fraccionados que deben ingresar, en su caso, en cada una de dichas Administraciones, se aplicará la proporción que, respecto del total, represente el volumen de operaciones realizadas en cada territorio determinado, en función de la proporción del volumen de operaciones realizado en cada territorio determinada en la última declaración-liquidación del Impuesto.
123 123  
Zerga Bidea
2017 Gipuzkoako Foru Aldundia