Cambios para el documento Modelo 220 - Ejercicio 2023
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... ... @@ -8,7 +8,6 @@ 8 8 9 9 El modelo 220 es aplicable a los grupos fiscales, incluidos los de cooperativas, que tributen por el régimen fiscal especial establecido en el capítulo VI del título VI de la Norma Foral 2/2014, del Impuesto sobre Sociedades. 10 10 11 - 12 12 13 13 = DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA ENTIDAD REPRESENTANTE DEL GRUPO = 14 14 ... ... @@ -28,7 +28,6 @@ 28 28 * **//Promedio plantilla con contrato laboral indefinido del ejercicio anterior//**: se calcula el promedio de plantilla con contrato laboral indefinido en el ejercicio anterior, sumando el total de días que han trabajado estos trabajadores y dividiendo por 365 días. En el caso de trabajadores a jornada parcial su cómputo será proporcional a las horas trabajadas. 29 29 * **//Nº máximo de trabajadores con contrato laboral indefinido en el ejercicio//: **número de trabajadores con contrato laboral indefinido existente durante todos y cada uno de los días del ejercicio. 30 30 31 - 32 32 33 33 = CARACTERES Y OTROS DATOS DEL GRUPO = 34 34 ... ... @@ -64,9 +64,9 @@ 64 64 65 65 a) Que lleve a cabo una explotación económica. 66 66 67 - **Concepto de Explotación Económica Artículo 13.4 NF 2/2014**65 + **Concepto de Explotación Económica Artículo 13.4 NF 2/2014** 68 68 69 - //“A efectos de lo dispuesto en la letra a) de los apartados anteriores de este artículo, se entenderá que una entidad67 + //“A efectos de lo dispuesto en la letra a) de los apartados anteriores de este artículo, se entenderá que una entidad 70 70 lleva a cabo una explotación económica cuando al menos, el 85% de los ingresos del ejercicio correspondan a rentas 71 71 procedentes del desarrollo de actividades empresariales o profesionales, entre las que no se computarán, en ningún caso, 72 72 las comprendidas entre aquellas clases de renta a que se refieren las letras a), b) y d) del apartado 2 del artículo 48 ... ... @@ -89,9 +89,9 @@ 89 89 90 90 a) Que lleve a cabo una explotación económica. 91 91 92 - **Concepto de Explotación Económica Art. 13.4 NF 2/2014**90 + **Concepto de Explotación Económica Art. 13.4 NF 2/2014** 93 93 94 - //“A efectos de lo dispuesto en la letra a) de los apartados anteriores de este artículo, se entenderá que una entidad92 + //“A efectos de lo dispuesto en la letra a) de los apartados anteriores de este artículo, se entenderá que una entidad 95 95 lleva a cabo una explotación económica cuando al menos, el 85% de los ingresos del ejercicio correspondan a rentas 96 96 procedentes del desarrollo de actividades empresariales o profesionales, entre las que no se computarán, en ningún 97 97 caso, las comprendidas entre aquellas clases de renta a que se refieren las letras a), b) y d) del apartado 2 del artículo ... ... @@ -140,7 +140,7 @@ 140 140 141 141 2. En la siguiente ventana, se selecciona “**Borradores de ejercicios anteriores (programa de ayuda Zergabidea**)”, y se seleccionará el modelo 220, el ejercicio de destino (en este caso 2017) y el fichero que se desea importar (//ExportaciónZergabideaWebModelo220.dat//), seleccionando posteriormente las declaraciones a importar. 142 142 143 - Únicamente se podrán importar los datos que a continuación se indican, que se hubieran consignado por cada entidad141 + Únicamente se podrán importar los datos que a continuación se indican, que se hubieran consignado por cada entidad 144 144 integrante del grupo en la declaración modelo 220 del ejercicio 2016. 145 145 146 146 * Nº de grupo ... ... @@ -155,10 +155,10 @@ 155 155 - Deducciones con límite sobre la cuota. 156 156 - Deducciones sin límite sobre la cuota. 157 157 158 -== 2. Importar datos del modelo 200 de cada integrante del grupo del ejercicio 201 7==156 +== 2. Importar datos del modelo 200 de cada integrante del grupo del ejercicio 2018 == 159 159 160 160 161 -Se podrá realizar la importación de los datos consignados en la declaración del modelo 200 del ejercicio 201 7por cada una de las entidades integrantes del grupo. Esta importación se realizará seleccionando el apartado159 +Se podrá realizar la importación de los datos consignados en la declaración del modelo 200 del ejercicio 2018 por cada una de las entidades integrantes del grupo. Esta importación se realizará seleccionando el apartado 162 162 163 163 164 164 Identificación – Relación de sociedades del grupo e **Importar del 200 **de la empresa que interese. ... ... @@ -166,7 +166,7 @@ 166 166 (% style="text-align:center" %) 167 167 [[image:Sin título.jpg]] 168 168 169 -El programa** únicamente** importará los datos correspondientes al **ejercicio 201 7** en concreto, los siguientes:167 +El programa** únicamente** importará los datos correspondientes al **ejercicio 2018** en concreto, los siguientes: 170 170 171 171 * Resultado de la cuenta de Pérdidas y Ganancias. 172 172 * Deducción doble imposición. ... ... @@ -186,7 +186,6 @@ 186 186 187 187 Estos datos que no son objeto de importación, se rellenarán siguiendo las instrucciones que se especifican en el apartado de deducciones. 188 188 189 - 190 190 191 191 = RELACIONES = 192 192 ... ... @@ -196,7 +196,6 @@ 196 196 197 197 **Persona con quien relacionarse**: se indicará la persona con quien relacionarse. 198 198 199 - 200 200 201 201 = CUENTAS ANUALES = 202 202 ... ... @@ -203,7 +203,6 @@ 203 203 204 204 A la presente autoliquidación se trasladarán los datos contenidos en los libros oficiales exigidos por la normativa mercantil. 205 205 206 - 207 207 208 208 = LIQUIDACION = 209 209 ... ... @@ -219,7 +219,7 @@ 219 219 el ejercicio de origen sea anterior al actual, no se mostrará esta casilla. 220 220 221 221 //Incremento neto~:// se calculará de forma automática, por diferencia entre el patrimonio neto a efectos fiscales del 222 - ejercicio 201 7y el del ejercicio anterior. Dicha diferencia se reducirá en el importe de las reservas obligatorias217 + ejercicio 2018 y el del ejercicio anterior. Dicha diferencia se reducirá en el importe de las reservas obligatorias 223 223 citadas anteriormente. En el caso de que el ejercicio de origen sea anterior al actual, no se mostrará esta casilla. 224 224 225 225 //Reducción generada//: será el importe de la reducción en base imponible generada. Si se trata de una reserva cuyo ... ... @@ -340,12 +340,12 @@ 340 340 341 341 **5.- **Aplicarán el tipo de gravamen del **21 %,** los grupos formados por las siguientes entidades: 342 342 343 - - Los colegios profesionales, las asociaciones empresariales y profesionales, las cámaras oficiales, las cofradías de 338 + - Los colegios profesionales, las asociaciones empresariales y profesionales, las cámaras oficiales, las cofradías de 344 344 pescadores, los sindicatos de trabajadores y los partidos políticos. 345 - - Las fundaciones, establecimientos, instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro que no reúnan los requisitos para 346 - disfrutar del régimen fiscal establecido en la Norma Foral 3/2004, de 7 de abril, de las entidades sin fines lucrativos y 340 + - Las fundaciones, establecimientos, instituciones y asociaciones sin ánimo de lucro que no reúnan los requisitos para 341 + disfrutar del régimen fiscal establecido en la Norma Foral 3/2004, de 7 de abril, de las entidades sin fines lucrativos y 347 347 de los incentivos fiscales al mecenazgo. 348 - - Los fondos de promoción de empleo constituidos al amparo del artículo 22 de la Ley 27/1984, de 26 de julio, sobre 343 + - Los fondos de promoción de empleo constituidos al amparo del artículo 22 de la Ley 27/1984, de 26 de julio, sobre 349 349 Reconversión y Reindustrialización. 350 350 - Las uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas. 351 351 ... ... @@ -410,9 +410,9 @@ 410 410 411 411 La suma de todos los importes consignados en el apartado**// “importe aplicado en el ejercicio actual” se trasladará a la liquidación (casilla 1309).//** 412 412 413 -**Peculiaridad del ejercicio 201 7**408 +**Peculiaridad del ejercicio 2018** 414 414 415 -**Las deducciones generadas en el ejercicio 201 7se consignarán **como se ha indicado** **anteriormente**, de forma410 +**Las deducciones generadas en el ejercicio 2018 se consignarán **como se ha indicado** **anteriormente**, de forma 416 416 individualizada **para cada una de las entidades integrantes del grupo. 417 417 418 418 Hay que tener en cuenta que los requisitos para la aplicación de las deducciones se refieren al grupo fiscal, y por ello, ... ... @@ -424,9 +424,9 @@ 424 424 * Creación de empleo (casillas 2545 …2556) 425 425 426 426 Para poder aplicar dichas deducciones, se seleccionará la entidad integrante del grupo, y haciendo clic en el botón de las 427 - deducciones con límite del ejercicio 201 7, se visualizarán en la parte inferior de la pantalla todas las deducciones con422 + deducciones con límite del ejercicio 2018, se visualizarán en la parte inferior de la pantalla todas las deducciones con 428 428 límite sobre la cuota. Se rellenarán las deducciones que correspondan, siendo la suma de todas ellas (casilla 2594), el 429 - importe que el programa traslade a la casilla de “//deducción generada//” del ejercicio 201 7.424 + importe que el programa traslade a la casilla de “//deducción generada//” del ejercicio 2018. 430 430 431 431 __Atención:__ a la hora de introducir los datos individualizados se tendrán en cuenta **dos límites**: 432 432 ... ... @@ -451,9 +451,9 @@ 451 451 452 452 La suma de todos los importes consignados en el apartado**// “importe aplicado en el ejercicio actual” se trasladará a la liquidación (casilla 1310).//** 453 453 454 -**Peculiaridad del ejercicio 201 7**449 +**Peculiaridad del ejercicio 2018** 455 455 456 -**Las deducciones generadas en el ejercicio 201 7se consignarán como se ha indicado anteriormente, de forma451 +**Las deducciones generadas en el ejercicio 2018 se consignarán como se ha indicado anteriormente, de forma 457 457 individualizada **para cada una de las entidades integrantes del grupo. 458 458 459 459 Hay que tener en cuenta que los requisitos para la aplicación de las deducciones se refieren al grupo fiscal, y por ello, ... ... @@ -465,9 +465,9 @@ 465 465 * Deducciones I+D+i correspondientes a los financiadores (casilla 3028). 466 466 467 467 Para poder aplicar dichas deducciones, se seleccionará la entidad integrante del grupo, y haciendo clic en el botón de las 468 - deducciones con límite del ejercicio 201 7, se visualizarán en la parte inferior de la pantalla todas las deducciones con463 + deducciones con límite del ejercicio 2018, se visualizarán en la parte inferior de la pantalla todas las deducciones con 469 469 límite sobre la cuota. Se rellenarán las deducciones que correspondan, siendo la suma de todas ellas (casilla 3027), el 470 - importe que el programa traslade a la casilla de “//deducción generada//” del ejercicio 201 7.465 + importe que el programa traslade a la casilla de “//deducción generada//” del ejercicio 2018. 471 471 472 472 __Atención__: a la hora de introducir los datos individualizados se tendrán en cuenta los siguientes **límites**: 473 473 ... ... @@ -486,7 +486,6 @@ 486 486 487 487 La aplicación de la misma supondrá que las deducciones con límite sobre la cuota que se aplican en el ejercicio se vean reducidas hasta que la cuota efectiva alcance la tributación mínima, quedando el saldo sin aplicar para ejercicios posteriores. 488 488 489 - 490 490 491 491 = TRIBUTACION CONJUNTA AL ESTADO Y A LAS ADMINISTRACIONES FORALES DEL PAIS VASCO Y NAVARRA = 492 492 ... ... @@ -493,7 +493,6 @@ 493 493 494 494 La tributación conjunta al Estado y las Administraciones Forales del País Vasco y/o Comunidad Foral de Navarra se encuentra regulada por la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco. Los porcentajes de tributación a cada una de las Administraciones serán calculados por el programa. El porcentaje calculado correspondiente al Territorio Histórico de Gipuzkoa será trasladado por el propio programa a la casilla correspondiente de la liquidación. 495 495 496 - 497 497 498 498 = IMPRIMIR = 499 499 ... ... @@ -502,7 +502,6 @@ 502 502 503 503 Al activar el comando imprimir del programa se genera un PDF de la declaración. A partir del mismo se puede imprimir las hojas que se deseen. 504 504 505 - 506 506 507 507 = PRESENTACION DE LA DECLARACION = 508 508 ... ... @@ -549,7 +549,7 @@ 549 549 550 550 En el caso de que proceda la tributación conjunta con las Administraciones de Bizkaia, Araba ó Navarra, a través del apartado “**ficheros externos**”, tal y como se ha señalado anteriormente, se genera el fichero XML, y seleccionando el icono de “//otras administraciones//”, se guardará el mismo 551 551 552 -como **//Modelo220_201 7_AdminXML.zip//**, al cual se le asignará un número al nombre del fichero generado, a efectos de identificar la declaración. Se genera una carpeta para cada una de las Diputaciones Forales, de forma independiente.544 +como **//Modelo220_2018_AdminXML.zip//**, al cual se le asignará un número al nombre del fichero generado, a efectos de identificar la declaración. Se genera una carpeta para cada una de las Diputaciones Forales, de forma independiente. 553 553 554 554 Para presentar el fichero en la Administración de Bizkaia, Araba y/ó Navarra, se deberá seleccionar la carpeta que corresponda a cada una de ellas, y enviará el fichero que incorpora dicha carpeta, a través de la página Web de la Administración que corresponda. 555 555 ... ... @@ -562,9 +562,8 @@ 562 562 563 563 Se presentarán de forma telemática. En primer lugar se escanearán los justificantes para obtener uno o varios ficheros. A continuación, desde la zona azul de la plataforma Zergabidea, se seleccionará la declaración y se adjuntarán los ficheros. 564 564 565 - 566 566 567 -= APLICACI ÓN DE LA LEY ORGÁNICA 15/1999 =558 += APLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA 15/1999 = 568 568 569 569 570 570 Los datos transmitidos a través de la utilización de este programa se incorporarán a los ficheros informáticos de la Hacienda Foral para fines tributarios. Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en los términos de la Ley Orgánica 15/1999 ante la misma: Pº Errotaburu nº 2, Donostia/San Sebastián.