Cambios para el documento Modelo 220 - Ejercicio 2023
Última modificación por ZERGA BIDEA el 2025/05/14 13:41
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... ... @@ -398,14 +398,13 @@ 398 398 399 399 La suma de todos los importes consignados en el apartado**// “importe aplicado en el ejercicio actual” se trasladará a la liquidación (casilla 1309).//** 400 400 401 + **Peculiaridad del ejercicio 2017** 401 401 402 - **Peculiaridad del ejercicio 2017** 403 - 404 - **Las deducciones generadas en el ejercicio 2017 se consignarán **como se ha indicado** **anteriormente**, de forma 403 + **Las deducciones generadas en el ejercicio 2017 se consignarán **como se ha indicado** **anteriormente**, de forma 405 405 individualizada **para cada una de las entidades integrantes del grupo. 406 406 407 - Hay que tener en cuenta que los requisitos para la aplicación de las deducciones se refieren al grupo fiscal, y por ello, 408 - habrá determinadas deducciones que el programa **no importará directamente del modelo 200 individual**. Concretamente, las 406 + Hay que tener en cuenta que los requisitos para la aplicación de las deducciones se refieren al grupo fiscal, y por ello, 407 + habrá determinadas deducciones que el programa **no importará directamente del modelo 200 individual**. Concretamente, las 409 409 deducciones que no van a ser importadas son las correspondientes a: 410 410 411 411 * Activos corrientes nuevos. Art. 61 (casillas 2500 y 2615) ... ... @@ -412,25 +412,25 @@ 412 412 413 413 * Creación de empleo (casillas 2545 …2556) 414 414 415 - Para poder aplicar dichas deducciones, se seleccionará la entidad integrante del grupo, y haciendo clic en el botón de las 416 - deducciones con límite del ejercicio 2017, se visualizarán en la parte inferior de la pantalla todas las deducciones con 417 - límite sobre la cuota. Se rellenarán las deducciones que correspondan, siendo la suma de todas ellas (casilla 2594), el 414 + Para poder aplicar dichas deducciones, se seleccionará la entidad integrante del grupo, y haciendo clic en el botón de las 415 + deducciones con límite del ejercicio 2017, se visualizarán en la parte inferior de la pantalla todas las deducciones con 416 + límite sobre la cuota. Se rellenarán las deducciones que correspondan, siendo la suma de todas ellas (casilla 2594), el 418 418 importe que el programa traslade a la casilla de “//deducción generada//” del ejercicio 2017. 419 419 420 - __Atención:__ a la hora de introducir los datos individualizados se tendrán en cuenta **dos límites**:419 + __Atención:__ a la hora de introducir los datos individualizados se tendrán en cuenta **dos límites**: 421 421 422 -* El establecido en el art. 96.2 de la Norma Foral 2/2014, “//Las deducciones pendientes de aplicación en el momento de su 423 - inclusión en el grupo fiscal podrán deducirse en la cuota íntegra del grupo fiscal con el límite que hubiere correspondido 421 +* El establecido en el art. 96.2 de la Norma Foral 2/2014, “//Las deducciones pendientes de aplicación en el momento de su 422 + inclusión en el grupo fiscal podrán deducirse en la cuota íntegra del grupo fiscal con el límite que hubiere correspondido 424 424 a dicha sociedad en el régimen individual de tributación”//. 425 425 * El establecido en el art. **67.1** de la Norma Foral 2/2014: 426 426 427 - El importe de las deducciones correspondientes a los ejercicios comprendidos entre 2002 y 2011 (incluidos ambos) más, en 428 - su caso, la suma de los importes consignados en los párrafos anteriores, no puede ser superior al 45 por 100 de la cuota 429 - líquida positiva. Este límite se mantiene para los ejercicios 2012 y 2013 , excepto para aquellos sujetos pasivos que no c 430 - cumplían los requisitos previstos en el artículo 49 de la Norma Foral 7/1996 para ser considerados pequeña empresa, para 426 + El importe de las deducciones correspondientes a los ejercicios comprendidos entre 2002 y 2011 (incluidos ambos) más, en 427 + su caso, la suma de los importes consignados en los párrafos anteriores, no puede ser superior al 45 por 100 de la cuota 428 + líquida positiva. Este límite se mantiene para los ejercicios 2012 y 2013 , excepto para aquellos sujetos pasivos que no c 429 + cumplían los requisitos previstos en el artículo 49 de la Norma Foral 7/1996 para ser considerados pequeña empresa, para 431 431 las cuales el límite en el ejercicio 2012 y 2013 será el 35%. 432 432 433 - A partir del 2014 el límite indicado en los párrafos anteriores es del 45% de la cuota líquida positiva, 432 + A partir del 2014 el límite indicado en los párrafos anteriores es del 45% de la cuota líquida positiva, 434 434 independientemente del tipo de entidad de que se trate. 435 435 436 436 ... ... @@ -440,10 +440,9 @@ 440 440 441 441 La suma de todos los importes consignados en el apartado**// “importe aplicado en el ejercicio actual” se trasladará a la liquidación (casilla 1310).//** 442 442 442 + **Peculiaridad del ejercicio 2017** 443 443 444 - **Peculiaridad del ejercicio 2017** 445 - 446 - **Las deducciones generadas en el ejercicio 2017 se consignarán como se ha indicado anteriormente, de forma 444 + **Las deducciones generadas en el ejercicio 2017 se consignarán como se ha indicado anteriormente, de forma 447 447 individualizada **para cada una de las entidades integrantes del grupo. 448 448 449 449 Hay que tener en cuenta que los requisitos para la aplicación de las deducciones se refieren al grupo fiscal, y por ello, ... ... @@ -459,7 +459,7 @@ 459 459 límite sobre la cuota. Se rellenarán las deducciones que correspondan, siendo la suma de todas ellas (casilla 3027), el 460 460 importe que el programa traslade a la casilla de “//deducción generada//” del ejercicio 2017. 461 461 462 - __Atención__: a la hora de introducir los datos individualizados se tendrán en cuenta los siguientes **límites**:460 + __Atención__: a la hora de introducir los datos individualizados se tendrán en cuenta los siguientes **límites**: 463 463 464 464 * El establecido en el art**. 96.2** de la Norma Foral 2/2014, “//Las deducciones pendientes de aplicación en el momento 465 465 de su inclusión en el grupo fiscal podrán deducirse en la cuota íntegra del grupo fiscal con el límite que hubiere