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... ... @@ -399,26 +399,39 @@
399 399  La suma de todos los importes consignados en el apartado**// “importe aplicado en el ejercicio actual” se trasladará a la liquidación (casilla 1309).//**
400 400  
401 401  
402 -**Peculiaridad del ejercicio 2017**
402 + **Peculiaridad del ejercicio 2017**
403 403  
404 -**Las deducciones generadas en el ejercicio 2017 se consignarán **como se ha indicado** **anteriormente**, de forma individualizada **para cada una de las entidades integrantes del grupo.
404 + **Las deducciones generadas en el ejercicio 2017 se consignarán **como se ha indicado** **anteriormente**, de forma
405 + individualizada **para cada una de las entidades integrantes del grupo.
405 405  
406 -Hay que tener en cuenta que los requisitos para la aplicación de las deducciones se refieren al grupo fiscal, y por ello, habrá determinadas deducciones que el programa **no importará directamente del modelo 200 individual**. Concretamente, las deducciones que no van a ser importadas son las correspondientes a:
407 + Hay que tener en cuenta que los requisitos para la aplicación de las deducciones se refieren al grupo fiscal, y por ello,
408 + habrá determinadas deducciones que el programa **no importará directamente del modelo 200 individual**. Concretamente, las
409 + deducciones que no van a ser importadas son las correspondientes a:
407 407  
408 408  * Activos corrientes nuevos. Art. 61 (casillas 2500 y 2615)
409 409  
410 410  * Creación de empleo (casillas 2545 …2556)
411 411  
412 -Para poder aplicar dichas deducciones, se seleccionará la entidad integrante del grupo, y haciendo clic en el botón de las deducciones con límite del ejercicio 2017, se visualizarán en la parte inferior de la pantalla todas las deducciones con límite sobre la cuota. Se rellenarán las deducciones que correspondan, siendo la suma de todas ellas (casilla 2594), el importe que el programa traslade a la casilla de “//deducción generada//” del ejercicio 2017.
415 + Para poder aplicar dichas deducciones, se seleccionará la entidad integrante del grupo, y haciendo clic en el botón de las
416 + deducciones con límite del ejercicio 2017, se visualizarán en la parte inferior de la pantalla todas las deducciones con
417 + límite sobre la cuota. Se rellenarán las deducciones que correspondan, siendo la suma de todas ellas (casilla 2594), el
418 + importe que el programa traslade a la casilla de “//deducción generada//” del ejercicio 2017.
413 413  
414 -__Atención:__ a la hora de introducir los datos individualizados se tendrán en cuenta **dos límites**:
420 + __Atención:__ a la hora de introducir los datos individualizados se tendrán en cuenta **dos límites**:
415 415  
416 -* El establecido en el art. 96.2 de la Norma Foral 2/2014, “//Las deducciones pendientes de aplicación en el momento de su inclusión en el grupo fiscal podrán deducirse en la cuota íntegra del grupo fiscal con el límite que hubiere correspondido a dicha sociedad en el régimen individual de tributación”//.
422 +* El establecido en el art. 96.2 de la Norma Foral 2/2014, “//Las deducciones pendientes de aplicación en el momento de su
423 + inclusión en el grupo fiscal podrán deducirse en la cuota íntegra del grupo fiscal con el límite que hubiere correspondido
424 + a dicha sociedad en el régimen individual de tributación”//.
417 417  * El establecido en el art. **67.1** de la Norma Foral 2/2014:
418 418  
419 -El importe de las deducciones correspondientes a los ejercicios comprendidos entre 2002 y 2011 (incluidos ambos) más, en su caso, la suma de los importes consignados en los párrafos anteriores, no puede ser superior al 45 por 100 de la cuota líquida positiva. Este límite se mantiene para los ejercicios 2012 y 2013 , excepto para aquellos sujetos pasivos que no cumplían los requisitos previstos en el artículo 49 de la Norma Foral 7/1996 para ser considerados pequeña empresa, para las cuales el límite en el ejercicio 2012 y 2013 será el 35%.
427 + El importe de las deducciones correspondientes a los ejercicios comprendidos entre 2002 y 2011 (incluidos ambos) más, en
428 + su caso, la suma de los importes consignados en los párrafos anteriores, no puede ser superior al 45 por 100 de la cuota
429 + líquida positiva. Este límite se mantiene para los ejercicios 2012 y 2013 , excepto para aquellos sujetos pasivos que no c
430 + cumplían los requisitos previstos en el artículo 49 de la Norma Foral 7/1996 para ser considerados pequeña empresa, para
431 + las cuales el límite en el ejercicio 2012 y 2013 será el 35%.
420 420  
421 -A partir del 2014 el límite indicado en los párrafos anteriores es del 45% de la cuota líquida positiva, independientemente del tipo de entidad de que se trate.
433 + A partir del 2014 el límite indicado en los párrafos anteriores es del 45% de la cuota líquida positiva,
434 + independientemente del tipo de entidad de que se trate.
422 422  
423 423  
424 424  **Deducciones sin límite sobre la cuota líquida**
... ... @@ -428,9 +428,9 @@
428 428  La suma de todos los importes consignados en el apartado**// “importe aplicado en el ejercicio actual” se trasladará a la liquidación (casilla 1310).//**
429 429  
430 430  
431 - **Peculiaridad del ejercicio 2017**
444 + **Peculiaridad del ejercicio 2017**
432 432  
433 - **Las deducciones generadas en el ejercicio 2017 se consignarán como se ha indicado anteriormente, de forma
446 + **Las deducciones generadas en el ejercicio 2017 se consignarán como se ha indicado anteriormente, de forma
434 434   individualizada **para cada una de las entidades integrantes del grupo.
435 435  
436 436   Hay que tener en cuenta que los requisitos para la aplicación de las deducciones se refieren al grupo fiscal, y por ello,
... ... @@ -446,7 +446,7 @@
446 446   límite sobre la cuota. Se rellenarán las deducciones que correspondan, siendo la suma de todas ellas (casilla 3027), el
447 447   importe que el programa traslade a la casilla de “//deducción generada//” del ejercicio 2017.
448 448  
449 - __Atención__: a la hora de introducir los datos individualizados se tendrán en cuenta los siguientes **límites**:
462 + __Atención__: a la hora de introducir los datos individualizados se tendrán en cuenta los siguientes **límites**:
450 450  
451 451  * El establecido en el art**. 96.2** de la Norma Foral 2/2014, “//Las deducciones pendientes de aplicación en el momento
452 452   de su inclusión en el grupo fiscal podrán deducirse en la cuota íntegra del grupo fiscal con el límite que hubiere
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