Cambios para el documento Modelo 220 - Ejercicio 2023
Última modificación por ZERGA BIDEA el 2025/05/14 13:41
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... ... @@ -196,7 +196,7 @@ 196 196 197 197 A la presente autoliquidación se trasladarán los datos contenidos en los libros oficiales exigidos por la normativa mercantil. 198 198 199 -= LIQUIDACI ÓN =199 += LIQUIDACIÓN = 200 200 201 201 == Reservas - Reducción == 202 202 ... ... @@ -204,47 +204,47 @@ 204 204 205 205 **Reserva para fomentar la capitalización empresarial (artículo 51 de la NF 2/2014): **Se deberá consignar el importe del patrimonio neto a efectos fiscales calculado conforme** **al artículo 51.2 de la Norma Foral 2/2014, correspondiente al ejercicio 2016. En caso de que existan reservas de carácter obligatorio por disposición legal o estatutaria, que hayan podido dar lugar al incremento del patrimonio neto a efectos fiscales, se deberá consignar su importe. 206 206 207 - //Ejercicio//: ejercicio de origen que da lugar a la reserva.207 + //Ejercicio//: ejercicio de origen que da lugar a la reserva. 208 208 209 - //Patrimonio neto fiscal//: patrimonio neto fiscal calculado conforme al artículo 51.2 de la NF 2/2014. En el caso de que209 + //Patrimonio neto fiscal//: patrimonio neto fiscal calculado conforme al artículo 51.2 de la NF 2/2014. En el caso de que 210 210 el ejercicio de origen sea anterior al actual, no se mostrará esta casilla. 211 211 212 - //Incremento neto~:// se calculará de forma automática, por diferencia entre el patrimonio neto a efectos fiscales del212 + //Incremento neto~:// se calculará de forma automática, por diferencia entre el patrimonio neto a efectos fiscales del 213 213 ejercicio 2017 y el del ejercicio anterior. Dicha diferencia se reducirá en el importe de las reservas obligatorias 214 214 citadas anteriormente. En el caso de que el ejercicio de origen sea anterior al actual, no se mostrará esta casilla. 215 215 216 - //Reducción generada//: será el importe de la reducción en base imponible generada. Si se trata de una reserva cuyo216 + //Reducción generada//: será el importe de la reducción en base imponible generada. Si se trata de una reserva cuyo 217 217 ejercicio de generación es el actual, se calculará de forma automática y será el equivalente al 14% (microempresa/pequeña 218 218 empresa) ó el 10% (resto entidades) del incremento neto. En el caso de que el ejercicio de origen sea un ejercicio 219 219 anterior, el importe deberá ser consignado. 220 220 221 - //Importe reducción en BI aplicado en ejercicios anteriores: //se consignará el importe que se aplicó en el ejercicio221 + //Importe reducción en BI aplicado en ejercicios anteriores: //se consignará el importe que se aplicó en el ejercicio 222 222 anterior. 223 223 224 - //Reducción ejercicio actual: //se consignará el importe que se reduce en la base imponible del ejercicio actual.224 + //Reducción ejercicio actual: //se consignará el importe que se reduce en la base imponible del ejercicio actual. 225 225 226 - //Importe pendiente de reducir: //se calcula de forma automática por la diferencia entre la reducción generada y la suma226 + //Importe pendiente de reducir: //se calcula de forma automática por la diferencia entre la reducción generada y la suma 227 227 de la aplicada en ejercicios anteriores y en el ejercicio actual. 228 228 229 - //La suma de las cantidades consignadas en la casilla “reducción aplicado en ejercicio actual” será la que se traslada229 + //La suma de las cantidades consignadas en la casilla “reducción aplicado en ejercicio actual” será la que se traslada 230 230 automáticamente a la liquidación// 231 231 232 232 233 233 **Reserva especial para nivelación de beneficios (artículo 52 de la NF 2/2014): **se reducirá de la base imponible la cantidad dotada a la reserva especial para nivelación de beneficios, para lo cual se rellenará. 234 234 235 - //Ejercicio~:// ejercicio de origen que da lugar a la reserva.235 + //Ejercicio~:// ejercicio de origen que da lugar a la reserva. 236 236 237 - //Dotación reducido//: se consignará el importe de la dotación que se pretende reducir de la base imponible previa. Este238 - importe está sujeto a los límites del 20% (microempresa/pequeña empresa) ó del 15% (resto entidades) de la base imponible 237 + //Dotación reducido//: se consignará el importe de la dotación que se pretende reducir de la base imponible previa. Este 238 + importe está sujeto a los límites del 20% (microempresa/pequeña empresa) ó del 15% (resto entidades) de la base imponible 239 239 previa. 240 240 241 - //Cantidades incorporadas a la BI del ejercicio actual: //se consignará la cantidad incorporada a la base imponible del241 + //Cantidades incorporadas a la BI del ejercicio actual: //se consignará la cantidad incorporada a la base imponible del 242 242 ejercicio actual. 243 243 244 - //Saldo al final del ejercicio~:// se calcula de forma automática por la diferencia entre la dotación reducida y las244 + //Saldo al final del ejercicio~:// se calcula de forma automática por la diferencia entre la dotación reducida y las 245 245 cantidades incorporadas a la base imponible del ejercicio. 246 246 247 - Los importes de “//dotación reducido//” y “//cantidades incorporadas a la BI del ejercicio actual//” se trasladan 247 + Los importes de “//dotación reducido//” y “//cantidades incorporadas a la BI del ejercicio actual//” se trasladan 248 248 automáticamente a la liquidación**.** 249 249 250 250 ... ... @@ -251,30 +251,25 @@ 251 251 **Reserva especial para el fomento del emprendimiento y el reforzamiento de la actividad productiva (artículo 53 de la NF 2/2014): **se reducirá de la base imponible previa el 60% del resultado contable positivo que destinen a la reserva especial para el fomento del emprendimiento y el reforzamiento de la actividad productiva. 252 252 253 253 254 - //Ejercicio//: ejercicio de origen que da lugar a la reserva.254 + //Ejercicio//: ejercicio de origen que da lugar a la reserva. 255 255 256 + //Dotación reducción//: se consignará el importe de la dotación a la reserva. 256 256 257 - //Dotación reducción//: se consignará el importe de la dotación a la reserva. 258 - 259 - 260 - //Reducción generada~:// será el importe de la reducción en base imponible generada. Se calculará de forma automática y 258 + //Reducción generada~:// será el importe de la reducción en base imponible generada. Se calculará de forma automática y 261 261 será el equivalente al 60% de la dotación/reducción. 262 262 263 - 264 - //Elemento objeto de materialización~:// se deberá seleccionar el tipo de elemento en el cual se ha materializado la 261 + //Elemento objeto de materialización~:// se deberá seleccionar el tipo de elemento en el cual se ha materializado la 265 265 reserva que deberán ser alguno de los siguientes y con los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 53 de la NF: 266 266 267 - 268 268 * __Art. 53 2 a):__ Adquisición de activos no corrientes nuevos que dieran derecho a la deducción regulada en el artículo 61 de la NF. 269 269 * __Art. 53.2 b):__ Adquisición de activos no corrientes nuevos que dieran derecho a la deducción regulada en el apartado 2 del artículo 65 de la NF. 270 270 * __Art. 53.2 c__): La adquisición de participaciones que cumplan determinados requisitos establecidos en este apartado c). 271 271 * __Art. 53.2 d__): Inversión mediante la participación en el capital de nuevos proyectos empresariales que deben cumplir los requisitos en este apartado d). 272 272 273 - //Importe materializado en el ejercicio actual~:// se consignará el importe que se ha materializado en el ejercicio actual.269 + //Importe materializado en el ejercicio actual~:// se consignará el importe que se ha materializado en el ejercicio actual. 274 274 275 - 276 - //Importe pendiente de materializar//: se calculará de forma automática por la diferencia entre la dotación para el 277 - cálculo de la dotación (casilla 7525) y el importe materializado, excepto en el caso de la materialización en elementos 271 + //Importe pendiente de materializar//: se calculará de forma automática por la diferencia entre la dotación para el 272 + cálculo de la dotación (casilla 7525) y el importe materializado, excepto en el caso de la materialización en elementos 278 278 definidos en el apartado 2 a), que se deberá consignar el importe. 279 279 280 280 = CUENTAS ANUALES =