Cambios para el documento Modelo 220 - Ejercicio 2023
Última modificación por ZERGA BIDEA el 2025/05/14 13:41
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... ... @@ -204,61 +204,65 @@ 204 204 205 205 **Reserva para fomentar la capitalización empresarial (artículo 51 de la NF 2/2014): **Se deberá consignar el importe del patrimonio neto a efectos fiscales calculado conforme** **al artículo 51.2 de la Norma Foral 2/2014, correspondiente al ejercicio 2016. En caso de que existan reservas de carácter obligatorio por disposición legal o estatutaria, que hayan podido dar lugar al incremento del patrimonio neto a efectos fiscales, se deberá consignar su importe. 206 206 207 - //Ejercicio//: ejercicio de origen que da lugar a la reserva.207 + //Ejercicio//: ejercicio de origen que da lugar a la reserva. 208 208 209 - //Patrimonio neto fiscal//: patrimonio neto fiscal calculado conforme al artículo 51.2 de la NF 2/2014. En el caso de que209 + //Patrimonio neto fiscal//: patrimonio neto fiscal calculado conforme al artículo 51.2 de la NF 2/2014. En el caso de que 210 210 el ejercicio de origen sea anterior al actual, no se mostrará esta casilla. 211 211 212 - //Incremento neto~:// se calculará de forma automática, por diferencia entre el patrimonio neto a efectos fiscales del213 - ejercicio 2017 y el del ejercicio anterior. Dicha diferencia se reducirá en el importe de las reservas obligatorias 212 + //Incremento neto~:// se calculará de forma automática, por diferencia entre el patrimonio neto a efectos fiscales del 213 + ejercicio 2017 y el del ejercicio anterior. Dicha diferencia se reducirá en el importe de las reservas obligatorias 214 214 citadas anteriormente. En el caso de que el ejercicio de origen sea anterior al actual, no se mostrará esta casilla. 215 215 216 - //Reducción generada//: será el importe de la reducción en base imponible generada. Si se trata de una reserva cuyo217 - ejercicio de generación es el actual, se calculará de forma automática y será el equivalente al 14% (microempresa/pequeña 218 - empresa) ó el 10% (resto entidades) del incremento neto. En el caso de que el ejercicio de origen sea un ejercicio 216 + //Reducción generada//: será el importe de la reducción en base imponible generada. Si se trata de una reserva cuyo 217 + ejercicio de generación es el actual, se calculará de forma automática y será el equivalente al 14% (microempresa/pequeña 218 + empresa) ó el 10% (resto entidades) del incremento neto. En el caso de que el ejercicio de origen sea un ejercicio 219 219 anterior, el importe deberá ser consignado. 220 220 221 - //Importe reducción en BI aplicado en ejercicios anteriores: //se consignará el importe que se aplicó en el ejercicio221 + //Importe reducción en BI aplicado en ejercicios anteriores: //se consignará el importe que se aplicó en el ejercicio 222 222 anterior. 223 223 224 - //Reducción ejercicio actual: //se consignará el importe que se reduce en la base imponible del ejercicio actual.224 + //Reducción ejercicio actual: //se consignará el importe que se reduce en la base imponible del ejercicio actual. 225 225 226 - //Importe pendiente de reducir: //se calcula de forma automática por la diferencia entre la reducción generada y la suma226 + //Importe pendiente de reducir: //se calcula de forma automática por la diferencia entre la reducción generada y la suma 227 227 de la aplicada en ejercicios anteriores y en el ejercicio actual. 228 228 229 - //La suma de las cantidades consignadas en la casilla “reducción aplicado en ejercicio actual” será la que se traslada229 + //La suma de las cantidades consignadas en la casilla “reducción aplicado en ejercicio actual” será la que se traslada 230 230 automáticamente a la liquidación// 231 231 232 232 233 233 **Reserva especial para nivelación de beneficios (artículo 52 de la NF 2/2014): **se reducirá de la base imponible la cantidad dotada a la reserva especial para nivelación de beneficios, para lo cual se rellenará. 234 234 235 -//Ejercicio~:// ejercicio de origen que da lugar a la reserva. 235 + //Ejercicio~:// ejercicio de origen que da lugar a la reserva. 236 236 237 -//Dotación reducido//: se consignará el importe de la dotación que se pretende reducir de la base imponible previa. Este importe está sujeto a los límites del 20% (microempresa/pequeña empresa) ó del 15% (resto entidades) de la base imponible previa. 237 + //Dotación reducido//: se consignará el importe de la dotación que se pretende reducir de la base imponible previa. Este 238 + importe está sujeto a los límites del 20% (microempresa/pequeña empresa) ó del 15% (resto entidades) de la base imponible 239 + previa. 238 238 239 -//Cantidades incorporadas a la BI del ejercicio actual: //se consignará la cantidad incorporada a la base imponible del ejercicio actual. 241 + //Cantidades incorporadas a la BI del ejercicio actual: //se consignará la cantidad incorporada a la base imponible del 242 + ejercicio actual. 240 240 244 + //Saldo al final del ejercicio~:// se calcula de forma automática por la diferencia entre la dotación reducida y las 245 + cantidades incorporadas a la base imponible del ejercicio. 241 241 242 -//Saldo al final del ejercicio~:// se calcula de forma automática por la diferencia entre la dotación reducida y las cantidades incorporadas a la base imponible del ejercicio. 247 + Los importes de “//dotación reducido//” y “//cantidades incorporadas a la BI del ejercicio actual//” se trasladan 248 + automáticamente a la liquidación**.** 243 243 244 244 245 -Los importes de “//dotación reducido//” y “//cantidades incorporadas a la BI del ejercicio actual//” se trasladan automáticamente a la liquidación**.** 246 - 247 - 248 - 249 249 **Reserva especial para el fomento del emprendimiento y el reforzamiento de la actividad productiva (artículo 53 de la NF 2/2014): **se reducirá de la base imponible previa el 60% del resultado contable positivo que destinen a la reserva especial para el fomento del emprendimiento y el reforzamiento de la actividad productiva. 250 250 251 251 252 -//Ejercicio//: ejercicio de origen que da lugar a la reserva. 254 + //Ejercicio//: ejercicio de origen que da lugar a la reserva. 253 253 254 254 255 -//Dotación reducción//: se consignará el importe de la dotación a la reserva. 257 + //Dotación reducción//: se consignará el importe de la dotación a la reserva. 256 256 257 257 258 -//Reducción generada~:// será el importe de la reducción en base imponible generada. Se calculará de forma automática y será el equivalente al 60% de la dotación/reducción. 260 + //Reducción generada~:// será el importe de la reducción en base imponible generada. Se calculará de forma automática y 261 + será el equivalente al 60% de la dotación/reducción. 259 259 260 260 261 -//Elemento objeto de materialización~:// se deberá seleccionar el tipo de elemento en el cual se ha materializado la reserva que deberán ser alguno de los siguientes y con los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 53 de la NF: 264 + //Elemento objeto de materialización~:// se deberá seleccionar el tipo de elemento en el cual se ha materializado la 265 + reserva que deberán ser alguno de los siguientes y con los límites establecidos en el apartado 2 del artículo 53 de la NF: 262 262 263 263 264 264 * __Art. 53 2 a):__ Adquisición de activos no corrientes nuevos que dieran derecho a la deducción regulada en el artículo 61 de la NF. ... ... @@ -266,10 +266,12 @@ 266 266 * __Art. 53.2 c__): La adquisición de participaciones que cumplan determinados requisitos establecidos en este apartado c). 267 267 * __Art. 53.2 d__): Inversión mediante la participación en el capital de nuevos proyectos empresariales que deben cumplir los requisitos en este apartado d). 268 268 269 -//Importe materializado en el ejercicio actual~:// se consignará el importe que se ha materializado en el ejercicio actual. 273 + //Importe materializado en el ejercicio actual~:// se consignará el importe que se ha materializado en el ejercicio actual. 270 270 271 271 272 -//Importe pendiente de materializar//: se calculará de forma automática por la diferencia entre la dotación para el cálculo de la dotación (casilla 7525) y el importe materializado, excepto en el caso de la materialización en elementos definidos en el apartado 2 a), que se deberá consignar el importe. 276 + //Importe pendiente de materializar//: se calculará de forma automática por la diferencia entre la dotación para el 277 + cálculo de la dotación (casilla 7525) y el importe materializado, excepto en el caso de la materialización en elementos 278 + definidos en el apartado 2 a), que se deberá consignar el importe. 273 273 274 274 = CUENTAS ANUALES = 275 275