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... ... @@ -474,7 +474,7 @@
474 474  
475 475  * El establecido en el art. 96.2 de la Norma Foral 2/2014, “//Las deducciones pendientes de aplicación en el momento de su
476 476   inclusión en el grupo fiscal podrán deducirse en la cuota íntegra del grupo fiscal con el límite que hubiere correspondido
477 - a dicha sociedad en el régimen individual de tributación, teniendo en cuenta las eliminaciones e incorporaciones que
477 + a dicha sociedad en el régimen individual de tributación, teniendo en cuenta las eliminaciones e incorporaciones que
478 478   correspondan a dicha entidad, de acuerdo con lo establecido en los artículos 90 y 91 de la NFIS”//.
479 479  * El establecido en el art. **67.1** de la Norma Foral 2/2014:
480 480  
... ... @@ -514,7 +514,7 @@
514 514  
515 515  * El establecido en el art**. 96.2** de la Norma Foral 2/2014, “//Las deducciones pendientes de aplicación en el momento
516 516   de su inclusión en el grupo fiscal podrán deducirse en la cuota íntegra del grupo fiscal con el límite que hubiere
517 - correspondido a dicha sociedad en el régimen individual de tributación, teniendo en cuenta las eliminaciones e
517 + correspondido a dicha sociedad en el régimen individual de tributación, teniendo en cuenta las eliminaciones e
518 518   incorporaciones que correspondan a dicha entidad, de acuerdo con lo establecido en los artículos 90 y 91 de la NFIS”.//
519 519  
520 520  * En ningún caso, la suma de las deducciones con límite del 70% de cuota a consignar será superior a la cantidad resultante de
... ... @@ -526,21 +526,12 @@
526 526  
527 527  **Deducciones con límite del 50% sobre la cuota líquida:**
528 528  
529 -Se dará de alta la deducción generada en el **ejercicio actual**, debiendo consignar en el concepto correspondiente, el importe de la base de deducción generada. El programa realiza los cálculos necesarios para conocer la cuantía de la deducción generada en el ejercicio.
529 +Para las deducciones procedentes de ejercicios anteriores, se debe seleccionar el apartado “//+deducción//”. Se deberán consignar los datos (deducción generada, aplicado en ejercicios anteriores, aplicado en el ejercicio actual) de manera individualizada para cada una de las entidades integrantes del grupo y estos datos se trasladarán de forma automática al panel denominado “//resumen informativo del grupo”//.
530 530  
531 +La suma de todos los importes consignados en el apartado**// //**//“importe aplicado en el ejercicio actua**l” se trasladará a la liquidación (casilla 1353).**//
532 +
531 531  La suma de estas deducciones no podrá exceder conjuntamente del 50% de la cuota líquida positiva. En caso de concurrencia de deducciones afectadas por límites diferentes, el límite del 50% se aplicará sobre el exceso de la cuota líquida que resulte una vez aplicados los límites de deducciones del 35% y del 70%.
532 532  
533 -**Peculiaridad del ejercicio 2022**
534 -
535 -**Las deducciones generadas en el ejercicio 2022 se consignarán como se ha indicado anteriormente, de forma individualizada **para cada una de las entidades integrantes del grupo.
536 -
537 -Hay que tener en cuenta que los requisitos para la aplicación de las deducciones se refieren al grupo fiscal, y por ello, habrá determinadas deducciones que el programa **no importará** **directamente del modelo 200 individual**. Concretamente, las deducciones que no van a ser importadas son las correspondientes a:
538 -
539 -* Art. 65. Inversiones Listado Vasco de Tecnologías Limpias (casilla 2662)
540 -* Art. 65. Limpieza de suelos. Desarrollo sostenible. Protección y mejora del medio ambiente (casilla 2669).
541 -
542 -Para poder aplicar dichas deducciones, se seleccionará la entidad integrante del grupo, y haciendo clic en el botón de las deducciones con límite del 50% del ejercicio 2022, se visualizarán en la parte inferior de la pantalla todas las deducciones con límite sobre la cuota. Se rellenarán las deducciones que correspondan, siendo la suma de todas ellas (casilla 2668), el importe que el programa traslade a la casilla de “//deducción generada//” del ejercicio 2022.
543 -
544 544  __Atención__: a la hora de introducir los datos individualizados se tendrán en cuenta los siguientes **límites**:
545 545  
546 546  * El establecido en el art**. 96.2** de la Norma Foral 2/2014, “//Las deducciones pendientes de aplicación en el momento de su inclusión en el grupo fiscal podrán deducirse en la cuota íntegra del grupo fiscal con el límite que hubiere correspondido a dicha sociedad en el régimen individual de tributación, teniendo en cuenta las eliminaciones e incorporaciones que correspondan a dicha entidad, de acuerdo con lo establecido en los artículos 90 y 91 de la NFIS”.//
Zerga Bidea
2017 Gipuzkoako Foru Aldundia