Cambios para el documento Modelo 220 - Ejercicio 2023
Última modificación por ZERGA BIDEA el 2025/05/14 13:41
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... ... @@ -52,14 +52,14 @@ 52 52 53 53 a) Que lleve a cabo una explotación económica. 54 54 55 - **Concepto de Explotación Económica Artículo 13.4 NF 2/2014** 55 + **Concepto de Explotación Económica Artículo 13.4 NF 2/2014** 56 56 57 - //“A efectos de lo dispuesto en la letra a) de los apartados anteriores de este artículo, se entenderá que una entidad 58 - lleva a cabo una explotación económica cuando al menos, el 85% de los ingresos del ejercicio correspondan a rentas 59 - procedentes del desarrollo de actividades empresariales o profesionales, entre las que no se computarán, en ningún caso, 60 - las comprendidas entre aquellas clases de renta a que se refieren las letras a), b) y d) del apartado 2 del artículo 48 61 - de esta Norma Foral a los efectos de incluir en la base imponible determinadas rentas positivas obtenidas por entidades 62 - no residentes”.// 57 + //“A efectos de lo dispuesto en la letra a) de los apartados anteriores de este artículo, se entenderá que una entidad 58 + lleva a cabo una explotación económica cuando al menos, el 85% de los ingresos del ejercicio correspondan a rentas 59 + procedentes del desarrollo de actividades empresariales o profesionales, entre las que no se computarán, en ningún caso, 60 + las comprendidas entre aquellas clases de renta a que se refieren las letras a), b) y d) del apartado 2 del artículo 48 61 + de esta Norma Foral a los efectos de incluir en la base imponible determinadas rentas positivas obtenidas por entidades 62 + no residentes”.// 63 63 64 64 b) Que su activo o su volumen de operaciones, tal y como se define en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma 65 65 del País Vasco, no supere los 2 millones de euros.