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Content
... ... @@ -880,11 +880,12 @@
880 880  1. Si se trata de una deducción generada **en el ejercicio actual**, automáticamente se abre una ventana en la que se deberá consignar, en el concepto correspondiente, el importe que origina derecho a la deducción. El programa realizará los cálculos necesarios para conocer la cuantía de la deducción generada en el ejercicio.
881 881  )))
882 882  
883 - En las siguientes deducciones el programa solicita más información:
883 + En las siguientes deducciones el programa solicita __información adicional:__
884 884  
885 885  (((
886 -* Activos no corrientes nuevos: se despliega una ventana en la que se indicará toda la información necesaria para poder generar esta deducción conforme al artículo 61 de la NF 2/2014.
887 -* Creación de empleo (exclusivamente personal laboral indefinido): el desplegable solicita el número de trabajadores con contrato laboral indefinido, tanto del ejercicio anterior como del actual. Sólo en el caso de que se haya producido un aumento se abre la casilla correspondiente al colectivo incrementado para poder rellenar el número de personas contratadas que generan el derecho a deducir.
886 +* __Activos no corrientes nuevos__: se despliega una ventana en la que se indicará toda la información necesaria para poder generar esta deducción conforme al artículo 61 de la NF 2/2014.
887 +* __Creación de empleo__ (exclusivamente personal laboral indefinido): el desplegable solicita el número de trabajadores con contrato laboral indefinido, tanto del ejercicio anterior como del actual. Sólo en el caso de que __se haya producido un aumento en el número de trabajadores__, se abre la casilla correspondiente al colectivo que se ha incrementado, para poder rellenar el número de personas contratadas que generan el derecho a la deducción.
888 +* __Participación en la financiación de obras audiovisuales y de espectáculos en vivo de artes escénicas y audiovisuales (artículo 66 ter)__: se deberá rellenar el cuadro informativo (anexo 7) en el cual se detallará la obra/espectáculo financiado, así como el NIF y la razón social de la entidad productora.
888 888  
889 889  **Información adicional de producciones cinematográficas o audiovisuales (DA 15 NF 2/2014)**
890 890  
... ... @@ -912,7 +912,13 @@
912 912  
913 913  La suma de estas deducciones no podrá exceder conjuntamente del 70% de la cuota líquida positiva. En caso de concurrencia de deducciones afectadas por cada uno de los dos límites, el límite del 70% se aplicará sobre el exceso de la cuota líquida que resulte una vez aplicado el límite conjunto del deducciones del 35%.
914 914  
916 +__Información adicional para la deducción por actividades de I+D+i__: Deberá cumplimentarse el cuadro denominado “//Información adicional deducción por actividades de I+D+//i”, indicando para cada proyecto el detalle que en el mismo se contiene. En el campo nº expediente se hará constar una referencia que identifique el proyecto. En caso de que se disponga de certificado de SPRI u otro órgano, se hará constar el nº de expediente en él contenida (p.e.: IG-2024/01234). En otro caso, se identificará el proyecto por su nombre o acrónimo.
915 915  
918 +Si la deducción generada ha sido transferida conforme a lo establecido en el artículo 64 bis de la NF 2/2014, dicho importe (total o parcial) transferido se consignará en la casilla 3028, debiendo rellenar el cuadro informativo (anexo 6), indicando el número de expediente del proyecto financiado, así como el NIF y la razón social de la entidad financiadora.
919 +
920 +__Deducción por participación en proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica (art. 64 bis)__: se deberá de rellenar el cuadro informativo (anexo 6), indicando el número de expediente del proyecto financiado, así como el NIF y la razón social de la entidad desarrolladora.
921 +
922 +
916 916  **Deducciones con límite del 50% sobre la cuota líquida:**
917 917  
918 918  Se dará de alta la deducción generada en el **ejercicio actual**, debiendo consignar en el concepto correspondiente, el importe de la base de deducción generada. El programa realizará los cálculos necesarios para conocer la cuantía de la deducción generada en el ejercicio.
... ... @@ -919,17 +919,16 @@
919 919  
920 920  La suma de estas deducciones no podrá exceder conjuntamente del 50% de la cuota líquida positiva. En caso de concurrencia de deducciones afectadas por límites diferentes, el límite del 50% se aplicará sobre el exceso de la cuota líquida que resulte una vez aplicados los límites de deducciones del 35% y del 70%.
921 921  
929 +__Información adicional de producciones de obras audiovisuales (art. 66 bis Uno), producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales (art. 66 bis. Dos)__: deberán rellenar el cuadro correspondiente del anexo 7.
922 922  
923 -**Información adicional deducción por actividades de I+D**
931 +Si la deducción generada ha sido transferida conforme a lo establecido en el artículo 66 ter de la NF 2/2014, dicho importe (total o parcial) transferido se consignará en la casilla 2693, debiendo rellenar el cuadro informativo (anexo 7), indicando la denominación de la obra/espectáculo que ha sido financiado, así como el NIF y la razón social de la entidad financiadora.
924 924  
925 -En lo relativo a la deducción por I+D, deberá cumplimentarse este apartado, indicando para cada proyecto que la entidad acoja a la deducción, el detalle que en el mismo se contiene. En el campo nº expediente se hará constar una referencia que identifique el proyecto. En caso de que se disponga de certificado de SPRI u otro órgano, se hará constar el nº de expediente en él contenida (p.e.: IG-2023/01234). En otro caso, se identificará el proyecto por su nombre o acrónimo.
926 926  
927 -
928 928  === __TRIBUTACION MINIMA__ ===
929 929  
930 930  El programa calculará de forma automática si procede o no aplicar la tributación mínima, de acuerdo con el artículo 59.3 de la Norma Foral 2/2014. En caso de que esta tributación mínima sea de aplicación en la liquidación del Impuesto sobre Sociedades, aparecerá marcada automáticamente la casilla 1540, y aparecerá en la pantalla, en la parte inferior derecha de la liquidación, el mensaje siguiente: //“”**De acuerdo con el artículo 59 de la Norma Foral 2/2014, se le aplica la TRIBUTACION MINIMA”.**//
931 931  
932 -El artículo 59.3 citado, señala que las deducciones sobre la cuota líquida para determinar la cuota efectiva de los contribuyentes que obtengan bases imponibles positivas, con excepción de las deducciones a que se refieren los artículos 62 a 64 y 65 de la Norma Foral, no puede dar lugar a que la cuota efectiva sea inferior, con **carácter general, al 17 por 100** del importe de la base imponible.
938 +El artículo 59.3 citado, señala que las deducciones sobre la cuota líquida para determinar la cuota efectiva de los contribuyentes que obtengan bases imponibles positivas, con excepción de las deducciones a que se refieren los artículos 62 a 64, 65 y 66 bis de la Norma Foral, no puede dar lugar a que la cuota efectiva sea inferior, con **carácter general, al 17 por 100** del importe de la base imponible.
933 933  
934 934  * Para las** pequeñas empresas o microempresas**, al **15 por 100** de su base imponible.
935 935  * Para las entidades que tributan al tipo de gravamen del 19 por 100, al 11,75 por 100 de su base imponible.
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2017 Gipuzkoako Foru Aldundia