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Summary

Details

Page properties
Título
... ... @@ -1,1 +1,1 @@
1 -Modelo 203
1 +Modelo 347
Content
... ... @@ -2,149 +2,422 @@
2 2  {{toc/}}
3 3  {{/box}}
4 4  
5 += **DATOS OPERACIÓN** =
5 5  
6 6  
7 -= INTRODUCCIÓN =
8 8  
9 +== **__{{id name="DATOSDECLARADO"/}}Datos del declarado__** ==
9 9  
10 -**Normativa:**
11 11  
12 -Orden Foral 2018/352, de 4 de julio, por la que se aprueba el modelo 203 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el Territorio Histórico de Gipuzkoa y el modelo 223 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre sociedades en régimen de consolidación fiscal, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación (Boletín Oficial de Gipuzkoa de 10 de julio de 2018, número 132).
12 +**NO RESIDENTE: ** Seleccione esta casilla cuando el declarado no resida en territorio español.
13 13  
14 14  
15 -**Obligados a presentar:**
15 +**NIF:** Se consignará de acuerdo con las reglas previstas en el Titulo IV del Decreto Foral 47/2013, de 17 de diciembre, título que desarrolla las obligaciones relativas al Número de Identificación Fiscal. Si el declarado es un menor de edad que carece de NIF/DNI propio, se consignará en esta casilla el NIF/DNI de su representante legal.
16 16  
17 -Están obligados a presentar el modelo 203 los sujetos pasivos sujetos a normativa del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Gipuzkoa y al Impuesto sobre la Renta de No Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el Territorio Histórico de Gipuzkoa).
18 18  
19 -Sin embargo, no deberán efectuar el referido pago fraccionado las entidades que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Norma Foral 2/2014 del Impuesto sobre Sociedades, tengan la consideración de microempresa o pequeña empresa, ni las que tributen a los tipos de gravamen establecidos en los apartados 4 y 5 del artículo 56 de esta Norma Foral.
18 +**Apellidos y nombre o razón social:**
20 20  
21 -__No será obligatoria__ la presentación del modelo 203 en los supuestos en que, de acuerdo con las normas reguladoras de los pagos fraccionados a cuenta del impuesto sobre sociedades o del impuesto sobre la renta de no residentes, __no deba efectuarse ingreso__ alguno en concepto de pago fraccionado de los citados impuestos en el peodo correspondiente.
20 +a) Para personas físicas se consignará el primer apellido, el segundo apellido y el nombre completo, en este orden. Si el declarado es un menor de edad, se consignarán en esta casilla los apellidos y nombre del menor de edad.
22 22  
22 +b) Para personas jurídicas y entidades en régimen de atribución de rentas, se consignará la denominación completa de la entidad o la razón social, sin anagramas.
23 23  
24 -**Plazo de presentación:**
25 25  
26 -En los primeros 25 días naturales del mes de octubre de cada año, los contribuyentes deberán autoliquidar y efectuar un pago fraccionado a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo que esté en curso el día 1 del citado mes de octubre.
25 +**Provincia:** Si el declarado es residente en territorio español seleccione de la lista una de las provincias propuestas:
27 27  
28 -= DEVENGO =
27 +01 ALAVA
29 29  
30 -**Ejercicio:**
29 +02 ALBACETE
31 31  
32 -Se consignarán en esta casilla los cuatro dígitos del año en el que corresponde efectuar el pago fraccionado.
31 +03 ALICANTE
33 33  
33 +04 ALMERÍA
34 34  
35 -**Fecha de inicio del período impositivo:**
35 +33 ASTURIAS
36 36  
37 -Se consignará en esta casilla la fecha de inicio del período impositivo con seis dígitos DD/MM/AA (D =día, M = mes, A = año).
37 +05 ÁVILA
38 38  
39 +06 BADAJOZ
39 39  
40 -**Tributación conjunta: Estado/Diputaciones Forales/Comunidad Foral de Navarra:**
41 +07 BALEARES
41 41  
42 -Esta casilla se rellenará con una “X” en el caso de que se tribute de esta manera.
43 +08 BARCELONA
43 43  
45 +09 BURGOS
44 44  
45 -**Declaración complementaria:**
47 +10 CÁCERES
46 46  
47 -Esta casilla se rellenará con una “X” en el caso de que se haya presentado una declaración con anterioridad por el mismo concepto y periodo, y se quiera modificar.
49 +11 CÁDIZ
48 48  
51 +39 CANTABRIA
49 49  
53 +12 CASTELLÓN
50 50  
51 -= IDENTIFICACIÓN =
55 +13 CIUDAD REAL
52 52  
53 -Se consignarán los siguientes datos identificativos:
57 +14 CÓRDOBA
54 54  
55 -* Declarante: NIF y apellidos y nombre o razón social.
56 -* Persona de contacto: NIF, apellidos y nombre, teléfono y correo electrónico.
59 +15 CORUÑA, LA
57 57  
58 -= LIQUIDACIÓN =
61 +16 CUENCA
59 59  
60 -**Casilla (1): Base Imponible del último periodo impositivo.**
63 +17 GIRONA
61 61  
62 -La base para calcular el pago fraccionado será la base imponible del último período impositivo cuyo plazo de autoliquidación estuviese vencido a 1 de octubre.
65 +18 GRANADA
63 63  
67 +19 GUADALAJARA
64 64  
65 -En el supuesto de que no se hubiera presentado la autoliquidación del impuesto sobre sociedades, estando obligado a ello, se tomará como base la base imponible de la última autoliquidación presentada o, en su caso, liquidación practicada.
69 +20 GIPUZKOA
66 66  
71 +21 HUELVA
67 67  
68 -Cuando el último período impositivo cuyo plazo de autoliquidación estuviera vencido de acuerdo con lo señalado anteriormente sea de duración inferior al año, la base imponible se elevará al año hasta completar un período de 12 meses.
73 +22 HUESCA
69 69  
75 +23 JAÉN
70 70  
71 -**Casilla (3): Cuantía del pago fraccionado.**
77 +24 LEÓN
72 72  
79 +25 LLEIDA
73 73  
74 -Será el resultado de multiplicar la Base Imponible del último periodo impositivo (casilla 1) por el porcentaje del pago fraccionado, el 5% (casilla 2).
81 +27 LUGO
75 75  
83 +28 MADRID
76 76  
77 -**Casilla (4): Retenciones y pagos a cuenta del último periodo impositivo.**
85 +29 MÁLAGA
78 78  
87 +30 MURCIA
79 79  
80 -De la cuantía resultante en la casilla anterior (pago fraccionado), se deducirán las retenciones e ingresos a cuenta practicados sobre los ingresos del contribuyente correspondientes al periodo impositivo.
89 +31 NAVARRA
81 81  
91 +32 ORENSE
82 82  
83 -**Casilla (5): Diferencia.**
93 +34 PALENCIA
84 84  
95 +35 PALMAS, LAS
85 85  
86 -Será el resultado de restar a la cuantía del pago fraccionado (casilla 3), las retenciones y pagos a cuenta satisfechos en el periodo impositivo (casilla 4). //Sólo se permitirá presentar el modelo 203, si esta diferencia tiene un valor positivo.//
97 +36 PONTEVEDRA
87 87  
88 -**Casilla (6): Porcentaje de operaciones en el TH de Gipuzkoa del último período impositivo.**
99 +26 RIOJA, LA
89 89  
101 +37 SALAMANCA
90 90  
91 -En el caso de que se haya marcado la casilla de tributación conjunta (casilla 85), se deberá consignar el volumen de operaciones realizado en el TH de Gipuzkoa en el último período impositivo.
103 +38 S.C. TENERIFE
92 92  
105 +40 SEGOVIA
93 93  
107 +41 SEVILLA
94 94  
95 -**Casilla (7): Cuota a ingresar.**
109 +42 SORIA
96 96  
111 +43 TARRAGONA
97 97  
98 -Corresponderá al resultado de multiplicar la diferencia entre la cuantía del pago fraccionado y las retenciones y pagos fraccionados practicados (casilla 5), por el porcentaje de operaciones en el Territorio Histórico de Gipuzkoa en el último periodo impositivo (casilla 6).
113 +44 TERUEL
99 99  
100 -//Sólo se permitirá presentar el modelo 203, si esta cuota a ingresar tiene un valor positivo.//
115 +45 TOLEDO
101 101  
117 +46 VALENCIA
102 102  
119 +47 VALLADOLID
103 103  
104 -**Casilla (8): Importe ingresado en la declaración anterior (exclusivamente si esta es complementaria).**
121 +48 BIZKAIA
105 105  
123 +49 ZAMORA
106 106  
107 -Si esta declaración fuera complementaria de otra presentada con anterioridad por el mismo concepto y período, se hará constar en esta casilla el importe del pago fraccionado ingresado previamente. En este supuesto, se deberá hacer constar en la casilla 81 que se trata de una declaración complementaria.
125 +50 ZARAGOZA
108 108  
127 +51 CEUTA
109 109  
110 -**Casilla (11): Líquido a ingresar.**
129 +52 MELILLA
111 111  
112 -Coincidirá con la cuota a ingresar (importe de la casilla 7). En caso de que sea una declaración complementaria, se le restará el importe ingresado en la declaración complementaria (importe de la casilla 8).
113 113  
114 -La cantidad a ingresar deberá expresarse con dos decimales. Para ello, si se precisa, se redondeará por exceso o por defecto al céntimo más próximo. En el caso de que la última cifra de la cantidad obtenida como resultado de aplicar el porcentaje a la base del pago fraccionado sea exactamente la mitad de un céntimo, el redondeo se efectuará a la cifra superior.
132 +**NIF INTRACOMUNITARIO:** Si el declarado es no residente y posee NIF intracomunitario introdúzcalo teniendo en cuenta que su composición es la siguiente:
115 115  
116 116  
117 -//Sólo se permitirá presentar el modelo 203, si este líquido a ingresar tiene un valor positivo.//
135 +__Paí__s __Código País__ __Número__
118 118  
119 119  
120 -= TRIBUTACIÓN CONJUNTA A LA DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA, RESTANTES DIPUTACIONES FORALES, NAVARRA Y/O ESTADO =
138 +Alemania DE 9 caracteres numéricos
121 121  
122 -En el supuesto de entidades que deban tributar conjuntamente a la Diputación Foral de Gipuzkoa, restantes Diputaciones Forales, Navarra y/o Estado, para determinar la base de los pagos fraccionados que deben ingresar, en su caso, en cada una de dichas Administraciones, se aplicará la proporción que, respecto del total, represente el volumen de operaciones realizadas en cada territorio determinado, en función de la proporción del volumen de operaciones realizado en cada territorio determinada en la última declaración-liquidación del Impuesto.
140 +Austria AT 9 caracteres alfanuméricos
123 123  
142 +Bélgica BE 10 caracteres numéricos
124 124  
125 -**Casillas (21-61): Volumen de operaciones último periodo impositivo.**
144 +Bulgaria BG 9 ó 10 caracteres numéricos
126 126  
146 +Chipre CY 9 caracteres alfanuméricos
127 127  
128 -Se introduci en cada casilla el volumen de operaciones realizado en el último periodo impositivo en cada territorio.
148 +Croacia HR 11 caracteres numéricos
129 129  
150 +Dinamarca DK 8 caracteres numéricos
130 130  
131 -**Casillas (22-62): Porcentaje operaciones último periodo impositivo.**
152 +Eslovaquia SK 10 caracteres numéricos
132 132  
154 +Eslovenia SI 8 caracteres numéricos
133 133  
134 -Es un importe calculado. Será el resultado de dividir el importe del volumen de operaciones en el último periodo impositivo en cada territorio, por el volumen de operaciones total de dicho periodo.
156 +Estonia EE 9 caracteres numéricos
135 135  
136 -**Casillas (23-63): Cuota a ingresar.**
158 +Finlandia FI 8 caracteres numéricos
137 137  
138 -Se trata de un importe calculado. Será el resultado de multiplicar el volumen de operaciones del último periodo impositivo (casillas 21-61), por el porcentaje de operaciones de dicho periodo (casillas 22-62).
160 +Francia FR 11 caracteres alfanuméricos
139 139  
140 -Los recargos y los intereses de demora, solo se contemplan en la Diputación Foral de Araba y en la Comunidad Foral de Navarra.
162 +Gran Bretaña GB 5, 9 ó 12 caracteres alfanuméricos
141 141  
142 -**Casillas (24-64): Importe ingresado en la declaración anterior (exclusivamente si esta es complementaria).**
164 +Grecia EL 9 caracteres numéricos
143 143  
166 +Holanda NL 12 caracteres alfanuméricos
144 144  
145 -Si esta declaración fuera complementaria de otra presentada con anterioridad por el mismo concepto y período, se hará constar en esta casilla el importe del pago fraccionado ingresado previamente. En este supuesto, se deberá hacer constar en la casilla 81 que se trata de una declaración complementaria.
168 +Hungría HU 8 caracteres numéricos
146 146  
170 +Irlanda IE 8 caracteres alfanuméricos
147 147  
148 -**Casillas (27-67): Líquido a ingresar o a devolver.**
172 +Italia IT 11 caracteres numéricos
149 149  
150 -Será el resultado de restar a la cuota a ingresar (casillas 23-63), el importe ingresado en la declaración anterior (casillas 24-64).
174 +Letonia LV 11 caracteres numéricos
175 +
176 +Lituania LT 9 ó 12 caracteres numéricos
177 +
178 +Luxemburgo LU 8 caracteres numéricos
179 +
180 +Malta MT 8 caracteres numéricos
181 +
182 +Polonia PL 10 caracteres numéricos
183 +
184 +Portugal PT 9 caracteres numéricos
185 +
186 +Rep. Checa CZ 8, 9 ó 10 caracteres numéricos
187 +
188 +Rumanía RO De 2 a 10 caracteres numéricos
189 +
190 +Suecia SE 12 caracteres numéricos
191 +
192 +
193 +**PAIS DE RESIDENCIA:** Si el declarado es no residente y no ha indicado su NIF INTRACOMUNITARIO seleccione su país de residencia entre la lista propuesta que es la que figura en la relación de países y territorios contenido el anexo III de la Orden Foral 1.070/2011, de 21 de diciembre.
194 +
195 +
196 +**REPRESENTANTE:** Marque esta casilla si el NIF del declarado corresponde al representante de un menor.
197 +
198 +== **__{{id name="DATOSOPERACION"/}}Datos de la operación__** ==
199 +
200 +
201 +**Clave de operación: **se seleccionará una de las propuestas en la lista siguiente.
202 +
203 +
204 +__Clave A__: Compras: adquisiciones de bienes y servicios superiores a 3.005,06 euros.
205 +
206 +__Clave B__: Ventas: entregas de bienes y prestaciones de servicios superiores a 3.005,06 euros.
207 +
208 +__Clave C__: Cobros por cuenta de terceros superiores a 300,51 euros.
209 +
210 +__Clave D__: Adquisiciones de bienes o servicios al margen de cualquier actividad empresarialo profesional por Entidades Públicas superiores a 3.005,06 euros.
211 +
212 +__Clave E__: Subvenciones, auxilios y ayudas satisfechos por las Administraciones Públicas. (Clave de uso exclusivo para las Administraciones Públicas que satisfagan dichas subvenciones, auxilios y ayudas, nunca deben utilizar esta clave los perceptores de las mismas.)
213 +
214 +__Clave F__: Ventas agencia viajes: servicios documentados mediante facturas expedidas por agencias de viajes, al amparo de la disposición adicional tercera del Decreto Foral8/2013, de 26 de febrero, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
215 +
216 +__Clave G__: Compras agencia viaje: prestaciones de servicios de transporte de viajeros y sus equipajes por vía aérea a que se refiere la disposición adicional tercera del DecretoForal 8/2013, de 26 de febrero, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
217 +
218 +
219 +**Operación seguro:**. A rellenar exclusivamente por las Entidases aseguradoras. Las Entidades aseguradoras marcarán esta casilla para identificar las operaciones de seguros, debiendo consignarlas separadamente del resto de operaciones.
220 +
221 +
222 +**Arrendamiento local negocio: **(A rellenar exclusivamente por los arrendadores y arrendatarios de locales de negocios). Los arrendadores y arrendatarios de locales de marcarán esta casilla para identificar las operaciones de arrendamiento de locales de negocio, debiendo consignarlas separadamente del resto. Además, los arrendadores deberán cumplimentar los datos requeridos en el apartado de RELACION DE INMUEBLES, consignando el importe total de cada arrendamiento correspondiente al año natural al que se refiere la declaración, con independencia de que éste ya haya incluido en una operación de ventas.
223 +
224 +
225 +**Operación IVA de caja: **Estas operaciones se identificarán separadamente marcando esta casilla cuando se trate de operaciones en las que se aplique el régimen especial de criterio de caja.
226 +
227 +
228 +**Operación con inversión sujeto pasivo: **Se identificarán separadamente marcando esta casilla cuando se trate de operaciones en las que el sujeto pasivo sea destinatario de la operación de acuerdo con el artículo 84.Uno2º de la normativa del IVA.
229 +
230 +
231 +**Operación régimen de Depósito distinto del aduanero:** Se identificarán separadamente marcando esta casilla cuando se trate de operaciones exentas de IVA por referirse a bienes vinculados o destinados a vincularse al régimen de depósito distinto de los aduaneros.
232 +
233 +
234 +== **__{{id name="IMPORTESANUALES"/}}Importes anuales__** ==
235 +
236 +
237 +**Importe anual de las operaciones:** Se consignará el importe total de las operaciones con excepción de las Entidades aseguradoras que harán constar de forma separada las operaciones de seguro del resto, así como los arrendadores y arrendatarios de locales de negocio que consignarán separadamente las operaciones de arrendamiento de locales de negocio del resto. A su vez estas cantidades se desglosarán en su trimestre correspondiente. Los sujetos pasivos acogidos al régimen especial de criterio de caja harán constar en esta casilla el importe total de las operaciones devengadas conforme al artículo 75 de la normativa del IVA (facturas emitidas y/o recibidas).
238 +
239 +
240 +**Importe anual percibido por transmisiones de inmuebles sujetas a IVA:** Se harán constar separadamente de otras operaciones que, en su caso, se realicen entre las mismas partes, las cantidades que se perciban en contraprestación por transmisiones de inmuebles, efectuadas o que se deban efectuar, que constituyan entregas sujetas en el IVA (IVA incluido). A su vez estas cantidades se desglosarán en su trimestre correspondiente.
241 +
242 +
243 +**Importe anual de las operaciones con criterio IVA de caja:** Tanto los sujetos pasivos acogidos al régimen especial de criterio de caja, como los destinatarios de las operaciones incluidos en el mismo harán constar separadamente del resto el importe correspondiente a las operaciones a las que se les ha aplicado dicho régimen especial, devengadas total o parcialmente de conformidad con los criterios contenidos en el artículo 163 terdecies de la Ley 37/1992 (cobros y/o pagos efectuados).Deberá informarse sobre una base de cómputo anual. La identificación de estas operaciones es compatible con la identificación de las operaciones de seguro y de arrendamiento de locales de negocio.
244 +
245 +
246 +== **__{{id name="IMPORTESOPERACION"/}}Importes de la operación__** ==
247 +
248 +
249 +**Importe primer trimestre:** Importe de la operación correspondiente al primer trimestre del ejercicio declarado.
250 +
251 +
252 +**Importe segundo trimestre:** Importe de la operación correspondiente al segundo trimestre del ejercicio declarado.
253 +
254 +
255 +**Importe tercer trimestre:** Importe de la operación correspondiente al tercer trimestre del ejercicio declarado.
256 +
257 +
258 +**Importe cuarto trimestre:** Importe de la operación correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio declarado.
259 +
260 +
261 +== **__{{id name="IMPORTESPERCIBIDOS"/}}Importes percibidos por transmisiones de inmuebles sujetas a IVA__** ==
262 +
263 +
264 +**Importe primer trimestre:** Importe percibido de transmisiones de inmuebles sujetas a IVA correspondiente al primer trimestre del ejercicio declarado.
265 +
266 +
267 +**Importe segundo trimestre:** Importe percibido de transmisiones de inmuebles sujetas a IVA correspondiente al segundo trimestre del ejercicio declarado.
268 +
269 +
270 +**Importe tercer trimestre:** Importe percibido de transmisiones de inmuebles sujetas a IVA correspondiente al tercer trimestre del ejercicio declarado.
271 +
272 +
273 +**Importe cuarto trimestre:** Importe percibido de transmisiones de inmuebles sujetas a IVA correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio declarado.
274 +
275 +
276 +== **__{{id name="IMPORTESMETALICO"/}}Importes percibidos en metálico__** ==
277 +
278 +
279 +**Importe:** Importes superiores a 6.000 euros que se hubieran percibido en metálico de cada una de las personas o entidades relacionadas en la operación.
280 +
281 +
282 +**Ejercicio:** Cuatro cifras del ejercicio en el que se hubieran declarado las operaciones que dan origen al cobro en metálico por importe superior a 6.000 euros.
283 +
284 +
285 +
286 += **DATOS ARRENDAMIENTO** =
287 +
288 +== **__{{id name="DATOSARRENDATARIO"/}}Datos del arrendatario__** ==
289 +
290 +
291 +**NIF: ** Se consignará el NIF del arrendatario del inmueble.
292 +
293 +
294 +**Apellidos y nombre o Denominación o Razón social del arrendatario:** Se harán constar los correspondientes al arrendatario del inmueble.
295 +
296 +
297 +== **__{{id name="DATOSARRENDAMIENTO"/}}Datos del arrendamiento__** ==
298 +
299 +
300 +**Importe de la operación: ** Se hará constar el importe total del arrendamiento del local de negocio correspondiente al año natural al que se refiere la declaración, cualquiera que sea la cuantía a la que ascienda el mismo.
301 +
302 +
303 +**Provincia:** Se se seleccionará de entre las de la lista la que corresponda a la situación del local arrendado.
304 +
305 +
306 +01 ALAVA
307 +
308 +02 ALBACETE
309 +
310 +03 ALICANTE
311 +
312 +04 ALMERÍA
313 +
314 +33 ASTURIAS
315 +
316 +05 ÁVILA
317 +
318 +06 BADAJOZ
319 +
320 +07 BALEARES
321 +
322 +08 BARCELONA
323 +
324 +09 BURGOS
325 +
326 +10 CÁCERES
327 +
328 +11 CÁDIZ
329 +
330 +39 CANTABRIA
331 +
332 +12 CASTELLÓN
333 +
334 +13 CIUDAD REAL
335 +
336 +14 CÓRDOBA
337 +
338 +15 CORUÑA, LA
339 +
340 +16 CUENCA
341 +
342 +17 GIRONA
343 +
344 +18 GRANADA
345 +
346 +19 GUADALAJARA
347 +
348 +20 GIPUZKOA
349 +
350 +21 HUELVA
351 +
352 +22 HUESCA
353 +
354 +23 JAÉN
355 +
356 +24 LEÓN
357 +
358 +25 LLEIDA
359 +
360 +27 LUGO
361 +
362 +28 MADRID
363 +
364 +29 MÁLAGA
365 +
366 +30 MURCIA
367 +
368 +31 NAVARRA
369 +
370 +32 ORENSE
371 +
372 +34 PALENCIA
373 +
374 +35 PALMAS, LAS
375 +
376 +36 PONTEVEDRA
377 +
378 +26 RIOJA, LA
379 +
380 +37 SALAMANCA
381 +
382 +38 S.C. TENERIFE
383 +
384 +40 SEGOVIA
385 +
386 +41 SEVILLA
387 +
388 +42 SORIA
389 +
390 +43 TARRAGONA
391 +
392 +44 TERUEL
393 +
394 +45 TOLEDO
395 +
396 +46 VALENCIA
397 +
398 +47 VALLADOLID
399 +
400 +48 BIZKAIA
401 +
402 +49 ZAMORA
403 +
404 +50 ZARAGOZA
405 +
406 +51 CEUTA
407 +
408 +52 MELILLA
409 +
410 +
411 +**Municipio:** Se se consignará el que corresponda a la situación del local arrendado.
412 +
413 +
414 +**Siglas:** Se seleccionará de la lista propuesta las correspondientes al tipo de vía en la que se sitúa el local arrendado.
415 +
416 +
417 +**Nombre vía:** Se consignará el nombre de la vía en la que se sitúa el local arrendado.
418 +
419 +
420 +**Número, escalera, piso, puerta:** Se consignarán los correspondientes a la dirección en la que se sitúa el local arrendado.
421 +
422 +
423 +**Referencia catastral:** Se consignará la correspondiente al local arrendado.
Zerga Bidea
2017 Gipuzkoako Foru Aldundia